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La GacetaRegulacion10 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de la marca GILLETTE PRO5 (clase 8)

Se publica en La Gaceta una solicitud para inscribir la marca GILLETTE PRO5 como marca de fábrica y comercio.

La solicitante es Cynthia Wo Ching Vargas, identificada como mayor, casada y abogada, quien actúa en calidad de apoderada especial de The Gillette Company Llc, con domicilio en One Gillette Park Boston, Massachusetts 02127, Estados Unidos de América. El expediente aparece con el identificador IN202601123712 y la registradora que firma el aviso es Rebeca Madrigal Garita.

Se solicita proteger la marca GILLETTE PRO5 en la(s) clase(s) 8. Internacional(es). El aviso precisa que, en la clase 8, la protección se pide para: “maquinillas de afeitar y cuchillas de afeitar; dispensadores de cuchillas de afeitar, estuches de afeitado, soportes y cartuchos, todos ellos diseñados específicamente para contener cuchillas de afeitar.”

La solicitud fue presentada el 21 de agosto de 2026. En el encabezado aparece la fecha 25 de agosto de 2026, que también se repite en el texto del edicto. El aviso indica que, para efectos de publicación, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.

El edicto cita textualmente que “Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.” El texto emplea la expresión “terceros interesados”; el documento no define quiénes son esos terceros ni amplía el alcance de la frase.

El aviso señala que, “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además, reproduce o remite al artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos con la frase: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. El documento no agrega ejemplos ni lista de esos elementos de uso común; por tanto no es posible, con la sola lectura del edicto, determinar qué elementos concretos quedarían fuera de la protección.

El edicto indica “Reservas: N/A.” No contiene otras condiciones, montos ni plazos administrativos adicionales en el texto publicado.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion10 de septiembre de 2026
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