Solicitud de inscripción como Marca de Servicios (Clase 35) presentada por 3102966543 S.R.L.
El edicto registra la presentación de la solicitud y convoca a terceros interesados a ejercer sus derechos ante el Registro dentro del plazo que allí se indica.
La solicitud fue presentada el 13 de agosto de 2026 y la fecha consignada en el edicto es el 20 de agosto de 2026. La publicación corresponde al aviso identificado internamente como IN202601120427 y se publicó en La Gaceta (Imprenta Nacional).
La solicitud pide protección en la clase 35 para los servicios listados textualmente en el edicto: “servicios administrativos; asistencia en la dirección de negocios; consultoría sobre organización y dirección de negocios; gestión administrativa externalizada para empresas; preparación de documentos administrativos; compilación y sistematización de información en bases de datos; asesoramiento empresarial relacionado con la organización y gestión de negocios; asistencia administrativa en materia de nóminas; organización de información empresarial; servicios de apoyo administrativo para empresas.”
El edicto cita a terceros interesados para que “defender sus derechos” ante el Registro, dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Ese es el plazo que la publicación establece para que terceros actúen ante el Registro respecto de esta solicitud.
El edicto incluye una “Reserva” que señala textualmente: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además, el aviso cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: indica que “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Estas dos reservas están registradas tal como aparecen en el edicto y forman parte de las condiciones que acompañan la solicitud.
El texto publicado registra la existencia de la solicitud, la descripción de los servicios para los que se pide protección, la reserva sobre la forma en que se protegerá el signo y la convocatoria a terceros para ejercer defensas en el plazo señalado. El edicto no contiene en su texto una declaración sobre la concesión definitiva o el rechazo del registro; el contenido disponible en el aviso se limita a lo expresado arriba.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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El edicto registra la presentación de la solicitud y convoca a terceros interesados a ejercer sus derechos ante el Registro dentro del plazo que allí se indica.
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