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La GacetaRegulacion10 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de marca: HOLLISTER (clase 10) — aviso de publicación en La Gaceta

Publicación de la Solicitud N° 2026-0009140 para inscribir la marca HOLLISTER como marca de fábrica y comercio.

La Gaceta publica una solicitud presentada por María de la Cruz Villanea Villegas, en calidad de apoderado especial de Abercrombie & Fitch Europe SAGL, con domicilio en Vía Moree, 6850 Mendrisio Switzerland, Suiza. La solicitud fue presentada el 27 de julio de 2026 y aparece con fecha 28 de julio de 2026 en el edicto.

Se solicita la inscripción del signo HOLLISTER como marca de fábrica y comercio en la clase 10 (Internacional(es)). Los productos y accesorios que se indican textualmente para proteger y distinguir en la clase 10 son: Gafas de óptica; lentes para gafas; monturas de gafas; cadenas para gafas; cordones para gafas; estuches para gafas; lentes de contacto; estuches para lentillas; lentes correctoras; gafas de sol; gafas de sol para animales de compañía; gafas antirreflejo; lentes para gafas de sol; monturas para gafas de sol; cadenas para gafas de sol; estuches para gafas de sol; cordones de gafas de sol; clips solares para gafas.

El edicto incluye una reserva basada en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, que indica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además, el texto cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos y reproduce su contenido esencial: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Estas referencias forman parte de las condiciones que el aviso establece respecto del alcance de la protección solicitada.

El edicto cita a terceros interesados para que, si consideran que tienen derechos afectados, los defiendan ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. El aviso también indica que, a efectos de publicación, se debe tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.

Esta explicación se ciñe al texto del edicto publicado. Si el documento contiene frases incompletas o hace referencia a procedimientos o efectos no detallados en el edicto, esa información adicional no está incluida porque no aparece en la evidencia proporcionada.

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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion10 de septiembre de 2026
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