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La GacetaRegulacion10 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción de marca N° 2026-0005861 presentada por Marianella Arias Chacón en representación de Navac Inc. (clases 7, 8 y 9)

Se publica en La Gaceta la solicitud Nº 2026-0005861 para inscribir una marca de fábrica y comercio. El edicto no declara que la marca esté inscrita; registra la presentación de la solicitud y convoca a terceros interesados a hacer valer sus derechos en el plazo que indica el aviso.

La fecha que figura en el texto como fecha del trámite es 25 de junio de 2026 y la solicitud fue presentada el 19 de mayo de 2026.

La solicitud pide protección en las clases internacionales 7, 8 y 9. El edicto reproduce literalmente los bienes y herramientas que se solicitan proteger por clase, tal como sigue: en clase 7: bombas de vacío; bombas de recuperación de refrigerante; compresores para la recuperación y el reciclaje de gases refrigerantes; máquinas de carga de refrigerante; colectores de carga para refrigeradores; válvulas que forman parte de máquinas, a saber, válvulas para el control del flujo de refrigerante, válvulas de cierre, válvulas de retención; abocardadores eléctricos; herramientas eléctricas; bombas eléctricas; compresores eléctricos. En la clase 8: herramientas manuales, a saber, abocardadores, cortatubos, expansores de tubos, dobladores de tubos, desbarbadores, escariadores; herramientas manuales; juegos de herramientas manuales. En la clase 9: manómetros de vacío; manómetros de colector; sensores de temperatura y humedad; transductores de presión; aparatos de medición de presión; indicadores de presión; básculas; básculas electrónicas inalámbricas; detectores de fugas para bombas de vacío; baterías para bombas de vacío y equipos de climatización/refrigeración; cargadores de baterías para bombas de vacío y equipos de climatización/refrigeración; baterías; cargadores de baterías; aparatos de medición y prueba.

El edicto incorpora una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, indicando que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” También cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos y reproduce la frase: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esas referencias están reproducidas en el edicto; no se hacen interpretaciones adicionales sobre su alcance más allá de lo que el texto declara.

El edicto cita que terceros interesados pueden hacer valer sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. También indica: “A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.” El aviso incluye el número interno consignado IN202601117016 y el nombre del registrador que aparece en la publicación: Richard Valerín Castro.

Este documento es un aviso de solicitud publicado en La Gaceta.

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Publicacion10 de septiembre de 2026
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Se publica en La Gaceta la solicitud Nº 2026-0005861 para inscribir una marca de fábrica y comercio. El edicto no declara que la marca esté inscrita; registra la presentación de la solicitud y convoca a terceros interesados a hacer valer sus derechos en el plazo que indica el aviso.

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