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La GacetaPresupuesto publico10 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Notificación por edictos: inicio de cobro administrativo por ¢200.000 al funcionario Walter Antonio Rojas Campos (Resolución Nº 0390-2026 AJ-SPCA, Ministerio de Seguridad Pública)

La notificación por edictos se ordenó porque “no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración”. En el documento se indica que el acto fue emitido en San José a las catorce horas quince minutos del primero de junio del dos mil veintiséis.

El cobro se refiere al concepto “Deducible del vehículo oficial” relacionado con la placa PE 08-8040, Patrimonio 0205-133592, por un hecho ocurrido el día 27 de setiembre del 2023. La resolución cita como fundamento y como documentación probatoria varios oficios, resoluciones y una hoja de liquidación internas del propio Ministerio (por ejemplo, Oficio N° MSP-DM-CP-492-2025 del 02 de julio del 2025; Oficio MSP-DM-DV-DGAF-DTRANS-DLT-0170-2026 del 05 de mayo del 2026; Resolución DLT-UPA160-2025 del 13 de julio de 2025; Resolución N° 2025-8541 del 09 de setiembre de 2025; Hoja de Liquidación N° 2103643 del 03 de mayo de 2024; entre otros) que constan en el expediente administrativo del Ministerio.

Se indica que el procedimiento será instruido por el Asesor Legal Lic. Leonardo Bonilla Cubero, y se proporcionan teléfonos (2600-4846 o 2600-4284) y el correo electrónico cobros@msp.go.cr para contacto. La persona encausada tiene el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente en que reciba la notificación, para presentar en el Subproceso de Cobros Administrativos del Ministerio la prueba que considere conveniente. La sede del Subproceso se señala: Barrio San Dimas, frente al “Liceo Castro Madriz”, en la ciudad de San José.

Si transcurre ese plazo sin oposición o sin pago, la resolución establece que se entenderá que la persona autoriza el descuento en su salario en 20 tractos quincenales de Ȼ10.000,00 (es decir, fraccionamiento por descuento salarial). De manera opcional, el interesado puede cancelar la suma total en un solo pago mediante depósito bancario a cualquiera de las cuentas indicadas a nombre del Ministerio de Hacienda: Banco de Costa Rica 001-0242476-2 (IBAN CR63015201001024247624) o Banco Nacional 100-01-000-215933-3 (IBAN CR71015100010012159331), y aportar el comprobante al Subproceso.

La resolución señala que toda la documentación del expediente puede consultarse en la oficina del Despacho en días y horas hábiles y que puede fotocopiarse a costa del interesado. También declara el expediente de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, citando los artículos 39 y 40 constitucional y los artículos 272 y 273 de la Ley General de la Administración Pública, y advierte que el uso indebido o no autorizado de la información puede generar responsabilidades civiles, penales u otras.

Se aclara que el plazo señalado es el momento procesal para aportar pruebas de descargo y alegatos sobre el monto. Además, la resolución indica expresamente que contra ella no procede recurso alguno, conforme al artículo 344 de la Ley General de la Administración Pública. Finalmente, se recuerda que la persona puede hacerse asesorar o acompañar por un abogado durante todo el proceso y que debe señalar casa u oficina para recibir futuras notificaciones; si no lo hace, las resoluciones posteriores se entenderán notificadas 24 horas después de dictadas.

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Publicacion10 de septiembre de 2026
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10 de septiembre de 2026

La notificación por edictos se ordenó porque “no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración”. En el documento se indica que el acto fue emitido en San José a las catorce horas quince minutos del primero de junio del dos mil veintiséis.

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