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La GacetaPresupuesto publico10 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Inicio de cobro administrativo por ¢79.240,20 del Ministerio de Seguridad Pública a Idalie Berúdez Calderón

La Tesorería Nacional, a través del Subproceso de Cobros Administrativos del Ministerio de Seguridad Pública, inicia un procedimiento sumario administrativo de cobro contra Idalie Berúdez Calderón por un monto total de ¢79.240,20. Esa suma se reclama por cinco cargos descritos en el acto como “Permiso sin goce salarial no deducido de 08 horas”, cada uno por ¢15.848,04, asociados a las fechas de 2025: 14 de mayo; 30 de junio; 28 de julio; 05 de setiembre; y 20 de octubre. El texto publicado contiene una frase con orden y signos confusos en la presentación de cada línea (por ejemplo: “Permiso sin goce salarial no deducido de 08 horas del 14 de 15.848,04 mayo del 2025.”). Esa redacción es ambigua, pero el documento repite el mismo monto y las cinco fechas, de modo que el acto ventila esos cinco cargos por las fechas indicadas.

El cobro se apoya en varios oficios internos del propio Ministerio que el documento enumera con sus identificadores y fechas (por ejemplo, oficios MSP-DM-DVA-DGAF-DRH-... fechados en mayo, junio, julio, setiembre y octubre de 2025 y uno del 29 de abril de 2026). Esos oficios se mencionan como folios del expediente, pero la publicación no reproduce su contenido; por tanto, la explicación no puede detallar qué prueban esos oficios más allá de que son citados como fundamento.

La persona encausada tiene un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al recibo de la notificación, para oponerse al monto y presentar por escrito la prueba que estime conveniente ante el Subproceso de Cobros Administrativos del Ministerio de Seguridad Pública, situado en Barrio San Dimas, frente al “Liceo Castro Madriz”, en la ciudad de San José. En ese mismo plazo puede proponer un arreglo de pago o pagar la suma reclamada mediante depósito bancario en cualquiera de las cuentas IBAN indicadas en el acto: IBAN N° CR63015201001024247624 (Banco de Costa Rica) o IBAN N° CR71015100010012159331 (Banco Nacional), a nombre del Ministerio de Hacienda; si efectúa el pago debe aportar copia del comprobante al expediente.

El procedimiento será instruido por el Asesor Legal Lic. Leonardo Bonilla Cubero; el aviso incluye los teléfonos 2600-42-84 y 2600-4846 y el correo electrónico cobros@msp.go.cr para consultas. La publicación señala que toda la documentación del expediente puede consultarse en el Despacho en días y horas hábiles y fotocopiarse a costa del interesado, pero declara el expediente de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, según lo indicado por normas citadas; advierte además que el uso no autorizado de la información puede generar responsabilidad civil, penal u otra.

El documento indica que el plazo de 15 días hábiles es el momento procesal oportuno para aportar prueba de descargo y alegatos sobre el monto. También expresa que, conforme al artículo 344 de la Ley General de la Administración Pública, “en contra de esta resolución no procede recurso alguno.” Se informa que la persona puede hacerse asesorar o acompañar por un abogado durante el proceso y que debe señalar un domicilio (casa u oficina) para recibir futuras notificaciones; si no lo hace, las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion10 de septiembre de 2026
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