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La GacetaRegulacion09 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción de Marca de Servicios N.º 2026-0010429 (clase 44: servicios florales)

La solicitud pide la inscripción de un signo como Marca de Servicios en la clase internacional 44, y específica los servicios que se quiere proteger en esa clase.

En la clase 44 la solicitud declara proteger los siguientes servicios: “Servicios de arte floral; elaboración y diseño de arreglos florales; confección de coronas y composiciones florales; diseño de decoraciones florales para eventos; servicios de floristería; asesoramiento en materia de arreglos y decoración floral.” La reserva de la forma del signo: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, el edicto indica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además el documento señala que se aplica el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.”

La solicitud fue presentada el 21 de agosto de 2026 y la fecha consignada en el edicto es 27 de agosto de 2026. Para efectos de la publicación se pide tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978, según el propio texto del edicto.

El edicto cita a terceros interesados para que, en defensa de sus derechos, los hagan valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, el público tiene ese plazo para presentar oposiciones o actos procesales que la normativa del registro permita, conforme a lo que indica la publicación.

El texto incorpora la indicación legal sobre la protección del signo “tal y como aparece en la solicitud” y la cita literal del art. 28 sobre que la protección no alcanzará elementos de uso común o necesario cuando la marca sea un conjunto de elementos. El edicto no incluye en su texto una resolución de inscripción definitiva ni describe trámites posteriores ni fechas distintas al plazo de dos meses para la intervención de terceros; el documento se limita a publicar la solicitud y a establecer la reserva y las menciones legales citadas.

Sobre procedimientos posteriores, montos, plazos adicionales o requisitos formales concretos, el edicto no aporta información; para esos detalles habría que consultar el expediente en el Registro correspondiente o normativa aplicable.

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La solicitud pide la inscripción de un signo como Marca de Servicios en la clase internacional 44, y específica los servicios que se quiere proteger en esa clase.

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