Solicitud de registro de la marca NOBO NO BOUNDARIES (Solicitud N° 2026-0010152)
Anel Michelle Aguilar Sandoval, en calidad de Apoderado Especial de Walmart Apollo LLC, presentó una solicitud de inscripción de la marca NOBO NO BOUNDARIES como marca de fábrica y comercio. La solicitud pide registrar el signo en las clases internacionales 10, 14, 18 y 25 para los productos y servicios detallados en el texto.
La solicitante se identifica como Apoderado Especial de Walmart Apollo LLC, con domicilio declarado en 1 Customer Drive, Mail Stop 0215, Bentonville, Arkansas 72716, Estados Unidos de América. La solicitud aparece con Fecha: 20 de agosto de 2026 y fue presentada el 17 de agosto de 2026. El aviso fue publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) y en el documento figura el Registrador Ildreth Araya Mesén y el código (IN202601119964).
El signo solicitado es NOBO NO BOUNDARIES. La protección se pide “tal y como aparece en la solicitud” según la reserva indicada. Los productos y clases solicitadas son los siguientes:
Artículos ópticos graduados; gafas de lectura; gafas de sol; monturas de gafas; aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios; miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura; dispositivos terapéuticos y de asistencia para personas discapacitadas; aparatos de masaje; aparatos, dispositivos y artículos de puericultura; aparatos, dispositivos y artículos para actividades sexuales.
Relojes; relojes de pulsera; relojes de mujer; relojes económicos sin joyería; relojes deportivos; relojes de vestir; joyería, relojes y relojes de pulsera; correas de relojes hechos de metal, cuero o plástico; joyería; bisutería; joyería de mujer; metales preciosos y sus aleaciones; joyería, piedras preciosas y semipreciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos.
Mochilas; bolsos de mano; billeteras; mochilas escolares; bolsas para libros; monederos; cuero e imitaciones de cuero; pieles de animales; equipaje y bolsas de transporte; paraguas y sombrillas; bastones; látigos, fustas y artículos de guarnicionería; collares, correas y ropa para animales.
Ropa, detallada ampliamente: camisas, pantalones cortos, pantalones, pantalones vaqueros, faldas, vestidos, camisetas de forro polar, pantalones de forro polar, chaquetas, calcetines, trajes de baño, ropa de baño, ropa de dormir, pijamas, ropa interior, ropa interior térmica, pantalones de baile, disfraces de baile, camisas para infantes, pantalones cortos para infantes, pantalones para infantes, faldas para infantes, vestidos para infantes, ropa de baño para infantes; ropa para niños y niñas y bebés (monos, pijamas de una pieza, pijamas, peleles y prendas de una sola pieza); uniformes; canastillas de ropa para bebés; calzado; zapatos de baile; zapatillas; botas; sandalias; sombreros; tocados; cinturones; bufandas; guantes [prendas de vestir]; zapatos; artículos de sombrerería.
La solicitud incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, que indica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además el aviso indica que “esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos” y reproduce la frase de ese artículo en el texto: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Estos textos son parte de la propia solicitud y determinan cómo se pide la protección, según la evidencia.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El aviso indica explícitamente ese plazo de dos meses.
En el texto se solicita además tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978 a efectos de publicación.
Sobre cómo se aplicarán en la práctica las reservas legales o si otros elementos concretos quedarán excluidos de la protección, la evidencia sólo incluye las frases citadas y no permite más precisiones. No se realizan interpretaciones ni se agregan datos fuera de lo que muestra el texto oficial.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Cambios destacados relacionados
Publicación oficial detectada
Publicación oficial detectada
Anel Michelle Aguilar Sandoval, en calidad de Apoderado Especial de Walmart Apollo LLC, presentó una solicitud de inscripción de la marca NOBO NO BOUNDARIES como marca de fábrica y comercio. La solicitud pide registrar el signo en las clases internacionales 10, 14, 18 y 25 para los productos y servicios detallados en el texto.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.