Solicitud de inscripción de correo electrónico de la sociedad 3-101-616255 ante el Registro de Personas Jurídicas
El aviso indica que la petición se hizo “en cumplimiento de lo dispuesto en la ley 10597”.
La solicitud fue presentada ante la notaría y el documento lleva la fecha San José, 16 de junio de 2026. Está firmado por Bernardo Mata Soto, Notario Público. En la publicación oficial aparece la referencia interna IN202601115339 y la nota “—1 vez.—”.
El acto que consta en la evidencia es la solicitud notarial para que el Registro de Personas Jurídicas inscriba un correo electrónico para la sociedad indicada. La evidencia no muestra cuál es la dirección de correo electrónico que se solicita inscribir. Por lo tanto, no puede afirmarse, a partir de este aviso, que el correo esté ya inscrito ni que la sociedad reciba notificaciones por ese medio.
La información disponible se limita a la presentación de la solicitud ante la notaría y los datos formales consignados (nombre completo de la sociedad, cédula jurídica, fecha, notario y referencia interna). Si el texto oficial tiene otros documentos vinculados (por ejemplo, la solicitud presentada al Registro o la dirección electrónica concreta), no están incluidos en la evidencia proporcionada.
La evidencia solo registra la petición; no establece obligaciones ni derechos nuevos frente a terceros que puedan derivarse de una eventual inscripción. Cualquier efecto relacionado con la recepción de notificaciones por vía electrónica dependerá de la decisión posterior del Registro de Personas Jurídicas, la cual no figura en este aviso.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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El aviso indica que la petición se hizo “en cumplimiento de lo dispuesto en la ley 10597”.
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