“REGLAMENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
El presente reglamento tiene por objeto regular el sistema de adquisición de bienes y servicios de la Municipalidad de Alajuela, así como las competencias de las diversas dependencias con funciones asignadas dentro del sistema de contratación pública de la Municipalidad de Alajuela. Para los efectos del presente Reglamento se entiende por: Administrador de contrato: persona funcionaria en atinencia a la naturaleza del objeto contractual promovido, responsable de llevar a cabo en las diferentes etapas del procedimiento, las tareas necesarias para la satisfacción del interés público y la verificación del cumplimiento del contrato, desde los inicios del trámite, su etapa de ejecución y hasta la finalización del contrato. Comisión de recomendación de adjudicaciones: órgano encargado con competencia exclusiva, para analizar y recomendar la adjudicación de las contrataciones que por la naturaleza de la contratación así se requiera.
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