Notificación por edicto de avalúos de inmuebles y recursos administrativos (Municipalidad de San Antonio de Belén, 11 de junio de 2026)
La Municipalidad de San Antonio de Belén comunica, mediante publicación en La Gaceta, que ha notificado por este medio a ciertos sujetos pasivos los avalúos realizados a sus inmuebles porque el Municipio agotó los medios previos de notificación sin resultado favorable. El documento cita la Ley 7509 y sus reformas y el artículo 137, inciso d) del Código de Normas y Procedimientos Tributarios como fundamento para usar esta forma de notificación. El texto menciona “los siguientes sujetos pasivos”, pero en la evidencia proporcionada no aparece la lista de nombres o inmuebles; por lo tanto, no puede saberse aquí quiénes son exactamente esos sujetos pasivos.
El aviso indica que, para futuras notificaciones, cada contribuyente debe señalar un lugar o medio electrónico para recibirlas. Si un contribuyente no señala ese lugar o medio, las resoluciones que la Municipalidad emita quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas, en conformidad con el artículo 11 de la Ley 8687 de 4 de diciembre de 2008. Esto describe la consecuencia prevista por la normativa citada cuando no se facilita un medio de notificación.
La Municipalidad informa además que, conforme a los artículos 171 y 183 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la persona notificada tiene derecho a conocer el expediente administrativo y a ser informada sobre los valores, parámetros y factores técnicos usados en el avalúo. Ese expediente administrativo está disponible para su revisión en la Unidad de Bienes Inmuebles de la Municipalidad.
para el valor de las construcciones, cuando las hubo, se utilizó el “Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva” emitido por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda; la adhesión a ese manual fue publicada en el Diario Oficial. El manual considera factores como clase de tipología, área, edad, vida útil, estado y depreciación. Para el valor del terreno se usó la “Plataforma de Valores de Terrenos por Zonas Homogéneas” publicada en La Gaceta N° 123 del viernes 7 de julio del 2023; esa plataforma considera factores como área, si es rural o urbano, pendiente, regularidad, nivel, hidrografía, tipo de vía, ubicación, uso de suelo y servicios disponibles.
revocatoria ante la misma Administración municipal y apelación ante el Concejo Municipal. Ambos recursos deben interponerse dentro de los 15 hábiles días siguientes a esta notificación. La comunicación está fechada en San Antonio de Belén, Heredia, 11 de junio del 2026, y publicada en La Gaceta. La publicación y el documento en La Gaceta son la fuente oficial citada en el texto.
En la evidencia no aparecen la lista concreta de sujetos notificables ni el contenido del expediente administrativo; por lo tanto, no puede precisarse aquí cuáles inmuebles o contribuyentes están afectados ni los valores específicos aplicados. Tampoco se incluyen en el texto proporcionado instrucciones puntuales sobre cómo y dónde presentar los recursos, aparte de los plazos y los órganos competentes mencionados.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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