REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA MUNICIPAL PARA LA PERSONA ADULTA
El presente marco normativo tiene como propósito regular aspectos de matrícula, seguimiento a la asistencia, convivencia y aprovechamiento de los espacios educativos que brinda la Municipalidad de Escazú para las personas adultas mayores a través del Programa Municipal Legado de Alegría. A continuación, se detallan los compromisos y responsabilidades de: a. Las personas participantes del Programa: aquellas personas que hayan realizado matrícula de cualquiera de los cursos del Programa.
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