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La GacetaPresupuesto publico28 de agosto de 2026Explicación ciudadana

Aprobación de la tasa de interés del 6.07% para deudas morosas del cantón de Sarapiquí, vigente desde el segundo semestre de 2026

El Concejo Municipal del cantón de Sarapiquí aprobó aplicar una tasa de interés del 6.07% a las deudas vencidas y morosas a cargo del “sujeto pasivo”. La aprobación se tomó en la Sesión Ordinaria N.º 115-2024-2028 celebrada el 13 de julio de 2026, con votación afirmativa de los siete miembros que integran el Concejo (nombres listados en el acuerdo). La moción quedó registrada como Acuerdo 3 y ordenó comunicar y publicar la decisión en el Diario Oficial La Gaceta.

El acuerdo se adopta “con vista en” la resolución administrativa DFT-AT-03-2026, de fecha 09 de julio de 2026, firmada por Andrés Hernández Arguedas, Director Financiero–Tributario, que establece la tasa de interés aplicable a deudas vencidas y morosas a partir del segundo semestre del 2026. El Concejo refrenda esa tasa.

El texto dice que la tasa del 6.07% se aplica “a las deudas vencidas y morosas por parte del sujeto pasivo”, expresión que usa el documento para identificar al obligado al pago. El documento no define en sí el término “sujeto pasivo”; por tanto, no es posible, solo con este texto, detallar exactamente qué personas o entidades quedan comprendidas (p. ej., contribuyentes, usuarios, empresas u otros).

La tasa de interés del 6.07% estará vigente a partir del segundo semestre del 2026, según dispone el acuerdo.

Por eso no se puede, a partir únicamente de este acta: (a) afirmar la periodicidad con que se debe aplicar el 6.07% (si es tasa anual, mensual, etc.), (b) precisar si la tasa se capitaliza o cómo se calcula desde la fecha de mora, ni (c) identificar con certeza jurídica a todos los sujetos incluidos bajo la expresión “sujeto pasivo”.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion28 de agosto de 2026
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