Decreto 32333-MP-J: Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública CAPÍTULO I Aspectos generales
Los hechos denunciados deberán ser expuestos en forma clara, precisa y circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación: el momento y lugar en que ocurrieron tales hechos b. En caso que la Auditora Interna o Auditor Interno determine que la información brindada en la denuncia carece de alguno de los requisitos establecidos en el artículo 8, otorgará a la parte denunciante un plazo de 5 días hábiles para que éste complete o aclare cualquier aspecto. Una vez revisado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8, se remitirá en un plazo no mayor a 10 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la denuncia, el acuse de recibo de la gestión presentada ante la Auditoría Interna al lugar de notificaciones indicado por el denunciante para tal fin, si lo incluyera.
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