Informe de la CGR sobre proyectos financiados con el canon de explotación en INCOP y su contribución al turismo en Puntarenas: decisión, hallazgos y disposiciones
Qué decidió la CGR y de qué documento hablamos. La Contraloría General de la República (CGR) llevó a cabo la auditoría operativa DFOE-CIU-IAD-00004-2026 dirigida al Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP) sobre la eficacia y economía de los proyectos financiados con recursos del canon de explotación administrado por INCOP y su contribución al fortalecimiento del turismo en la provincia de Puntarenas. El período analizado fue, principalmente, del 1 de enero de 2025 al 31 de marzo de 2026, ampliándose cuando se consideró necesario.
Resumen de la conclusión principal. La CGR concluye que, en general, los proyectos financiados con recursos del canon de explotación en INCOP no son eficaces ni económicos para contribuir al fortalecimiento del turismo en Puntarenas. Esa conclusión se apoya en tres problemas principales detectados: 1) se desconoce el aporte real de los proyectos al desarrollo turístico porque no se definen ni miden resultados turísticos de manera consistente; 2) la cobertura territorial de las inversiones es limitada y concentrada en pocos lugares, por lo que muchos distritos con potencial turístico no recibieron recursos; y 3) los proyectos no garantizan economía porque no se aseguran las cantidades apropiadas ni el menor costo posible durante su ciclo de vida, y faltan bases homogéneas y confiables para valorar la razonabilidad de precios.
Hechos y cifras relevantes del informe. El informe señala que INCOP ha recibido aproximadamente $41.1 millones entre octubre 2006 y abril 2026 a través del fideicomiso INCOP-ICT-BNCR. De 37 proyectos analizados en 2016-2026, el 70% no muestran un énfasis en la actividad turística. Solo 13 de los 60 distritos de Puntarenas recibieron recursos del canon; 5 de 14 Centros de Desarrollo Turístico concentraron el 75,64% de los recursos. En los análisis de economía, se detectaron diferencias en cantidades de insumos hasta del 220% en 11 proyectos estudiados; modificaciones acumuladas en precios hasta del 56% del monto contractual en 7 proyectos; aumentos del costo final de proyectos hasta del 53%; y en ninguno de los 26 proyectos examinados se encontró una base homogénea y confiable para valorar la razonabilidad de precios.
Qué cambia en la práctica y a quién afecta. El informe no impone reformas automáticas, sino que ordena al INCOP, a la Comisión Interinstitucional del fideicomiso y a la Junta Directiva tomar medidas específicas para corregir las deficiencias. Las responsabilidades concretas recaen sobre la Junta Directiva del INCOP, la Comisión Interinstitucional del Fideicomiso INCOP-ICT-BNCR y el Gerente General del INCOP (Jeison Carranza Villalobos, o quien ocupe el cargo). En la práctica, estas autoridades deben: ajustar y aplicar metodologías de selección y priorización de proyectos con énfasis turístico; elaborar y aprobar una metodología cuantitativa para determinar la vocación turística con participación técnica del Instituto Costarricense de Turismo (ICT); implementar un instructivo de seguimiento de obras transferidas (INS-GG-03) para garantizar mantenimiento y salvaguarda; y crear e implantar un procedimiento que asegure la trazabilidad entre la solución técnica, estimación de cantidades, precios y seguimiento de costos durante el ciclo de vida de los proyectos.
Plazos, condiciones y límites de las disposiciones. El informe contiene cinco disposiciones con plazos específicos: D1 exige a la Junta Directiva que resuelva sobre las propuestas recibidas y que remita evidencias a la CGR: a) copia del acuerdo sobre la metodología de priorización y cobertura territorial y b) copia del acuerdo sobre la metodología de análisis turístico (ambas a más tardar el 15 de febrero de 2027); y c) copia del acuerdo sobre el procedimiento de trazabilidad entre solución, cantidades y precios a más tardar el 30 de abril de 2027. D2 obliga a la Comisión Interinstitucional del fideicomiso a ajustar e implementar la metodología del portafolio subordinado para que los criterios de admisibilidad y selección tengan un énfasis en actividad turística y criterios objetivos de cobertura territorial; la certificación de ajuste debe remitirse el 15 de enero de 2027 y la implementación debe certificarse dentro de los seis meses siguientes a la aprobación por la Junta Directiva. D3 ordena al INCOP elaborar y someter a la Junta una metodología cuantitativa para determinar la vocación turística con participación del ICT; la elaboración debe certificarse el 15 de enero de 2027 y la implementación certificarse seis meses después de aprobada. D4 exige implementar el instructivo INS-GG-03 para seguimiento y mantenimiento de obras transferidas; se pide una certificación del primer avance antes del 26 de febrero de 2027 y un segundo avance antes del 30 de junio de 2027. D5 solicita al Gerente General elaborar, someter a Junta e implementar un procedimiento que asegure trazabilidad entre solución requerida, cantidades, precios y seguimiento de costos; la elaboración debe certificarse a más tardar el 31 de marzo de 2027 y su implementación debe certificarse seis meses después de aprobada por la Junta. Estas disposiciones son de acatamiento obligatorio según la CGR y la propia Contraloría se reserva verificar su cumplimiento.
Qué aplicó la CGR y qué limitaciones menciona el informe. La auditoría siguió normas de auditoría pública y revisó expedientes, entrevistas, visitas de campo e información institucional. El informe explica que en varios proyectos no se exigieron ni se recibieron informes anuales de los gestores y que el instructivo INS-GG-03 fue confeccionado en marzo de 2026 pero su implementación efectiva no consta en los expedientes. También señala que el ICT, cuando ha emitido documentos de vocación turística, sólo ha otorgado avales no vinculantes y no ha provisto metodologías cuantitativas que permitan determinar la contribución turística en términos objetivos. El documento incluye evidencias fotográficas y un anexo con la relación de 37 proyectos y sus datos de montos y variaciones.
Qué puede pasar si no se corrige. Según la CGR, si no se adoptan estas medidas existe el riesgo de financiar proyectos que aporten poco al turismo, de concentrar recursos en zonas ya desarrolladas, de sobrecostos y modificaciones que afectan alcance y resultados, y de reducir el valor público obtenido con el canon. La CGR advierte que el incumplimiento injustificado de sus disposiciones puede generar responsabilidades administrativas en las autoridades.
Fuente oficial.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Esta publicación se basa en un documento oficial de Contraloria General de la Republica. Consulte el texto completo para verificar su alcance, condiciones y fecha.
Evidencia disponible
Los datos de esta ficha se extrajeron del documento enlazado. La fecha mostrada corresponde al documento; consulte la fuente para comprobar actualizaciones posteriores.
Conclusión consignada en el informe
Los proyectos financiados con recursos del canon de explotación en INCOP no son eficaces ni económicos en su contribución al fortalecimiento del turismo, debido a que se desconoce su aporte al desarrollo turístico de Puntarenas y no se garantizan los mejores precios y las cantidades óptimas durante el ciclo de vida de los proyectos.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.