Ambiente y desarrollo
Ambiente y desarrolloAmbiente20 de octubre de 2026Fuente oficial

Aprobación del Plan de Compensación Ambiental para el Condominio Horizontal Residencial Las Vistas (Resolución N°2137-2026-SETENA)

La Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), del Ministerio de Ambiente y Energía, aprobó mediante la Resolución N°2137-2026-SETENA, en sesión del 20 de octubre del 2026, la propuesta de Plan de Compensación Ambiental presentada por el desarrollador del proyecto “Condominio Horizontal Residencial Las Vistas”. La fuente oficial es la propia Resolución N°2137-2026-SETENA, cuyo texto consta en el expediente administrativo D1-23402-2018-SETENA.

SETENA aprueba un plan de compensación que obliga al desarrollador a ejecutar dos acciones concretas en beneficio del Hogar Magdala de Escazú (institución beneficiada indicada en el expediente). Las acciones aprobadas son: 1) la donación de prendas de vestir para los adultos mayores que residen en ese hogar, con las cantidades detalladas en el expediente; y 2) la donación, transporte y siembra de 40 plantas ornamentales y 12 árboles frutales en el mismo Hogar. El documento fija los montos totales declarados para estas acciones y plazos de ejecución de 4 semanas para cada bloque de actividades.

El obligado a ejecutar el plan es el “Desarrollador” registrado en el expediente: Real Vistara del Oeste S.A. (con cédulas jurídicas consignadas en la resolución) y representado por Joshua Ten Brink Rio. El responsable ambiental registrado es ECOIECO S.A., con número de registro y vigencia indicados en el expediente (EC-011-1998, vigente hasta el 10 de febrero del 2030).

La propuesta aprobada detalla las actividades, plazos y costos así: Donación de ropa para adultos mayores: 16 bóxer para hombre; 70 camisetas unisex; 16 calzoncillos para hombre; 55 calcetines unisex; 30 blúmer clásico para mujer. Plazo de ejecución: 4 semanas. Costo declarado: ¢427411.2. Donación de 40 plantas ornamentales y 12 árboles frutales, incluyendo transporte y siembra. Plazo de ejecución: 4 semanas. Costo declarado: ¢460000.0. Monto total declarado para las acciones: ¢887411.2. Estos montos y plazos son los consignados en la resolución como alcance del Plan de Compensación Ambiental que se aprueba.

SETENA ordena al desarrollador presentar, dentro de un plazo de 30 días naturales contados desde la notificación, los resultados de la implementación del Plan de Compensación Ambiental. Esa presentación debe incluir la “nota de satisfacción del beneficiario” según el texto de la resolución. Los resultados serán revisados por el Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental, que mediante oficio avalará la implementación si corresponde.

El expediente menciona una Resolución Administrativa identificada como N°0806-2025-SETENA y le asigna fecha “del día 05 de junio del 2026”. Esa combinación de número (que sugiere año 2025) y la fecha literal en 2026 es inconsistente en el propio documento; no es posible, a partir de la evidencia proporcionada, resolver esa contradicción. Además, la resolución ordena aportar la “nota de satisfacción del beneficiario”, pero el texto no define qué debe contener exactamente esa nota ni su formato; por tanto no puede afirmarse con certeza qué documento preciso exige SETENA más allá del término literal utilizado.

Contra la resolución puede interponerse, dentro del plazo legal indicado en el documento, el recurso ordinario de revocatoria ante SETENA y el recurso de apelación ante el Ministro de Ambiente y Energía. El plazo señalado en la resolución para interponer esos recursos es de tres días, contados a partir del día siguiente a la notificación. El expediente registra los correos electrónicos para notificaciones del representante del desarrollador (Joshua Ten Brink Rio: notificaciones@costaricamax.com) y del responsable ambiental ECOIECO S.A. (ecoiecoconsultores@gmail.com). SETENA exige que la documentación posterior indique el número de expediente, el número de resolución, el nombre del proyecto y una dirección de correo electrónico para notificaciones.

La resolución registra que la votación en la Comisión Plenaria fue 4 a favor, 0 en contra y 3 ausentes; el acta detallada está en custodia de la Secretaría y es de acceso público, según el texto de la resolución.

Esta explicación se basa únicamente en el texto de la Resolución N°2137-2026-SETENA y el expediente administrativo D1-23402-2018-SETENA tal como se proporciona en la evidencia. No se agregaron hechos que no aparezcan en el documento. Cuando el texto oficial presenta una inconsistencia (por ejemplo, entre el número y la fecha de la resolución administrativa citada) o una expresión no definida (por ejemplo, el contenido exacto de la “nota de satisfacción del beneficiario”), lo menciono y dejo constancia de la incertidumbre, en lugar de interpretar o completar esos puntos.

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Respaldo oficial

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FuenteSETENA
OrganizacionSETENA
Resolución2137-2026-SETENA
ExpedienteD1-23402-2018
ProyectoCONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL LAS VISTAS
Decisión documentadaresolución emitida
Fecha del documento20 de octubre de 2026

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