Recepción para inscripción del Estatuto de la Asociación Deportiva Sinergia en Acción
El Registro de Personas Jurídicas comunicó que ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva Sinergia en Acción. El documento recibido indica que la asociación tiene domicilio en la provincia 02 Alajuela, cantón 08 Poás. Entre sus fines principales, “entre otros”, figuran: promover, fomentar y desarrollar la práctica del ajedrez como deporte, disciplina intelectual, educativa y cultural entre niños, jóvenes y adultos; representar a sus miembros ante instituciones; gestionar recursos y apoyos para su participación en competencia; administrar con transparencia sus bienes; y ofrecer infraestructura adecuada. El estatuto declara que la asociación actuará “todo dentro del marco legal costarricense y sin fines de lucro.”
José Carlos Arce Méndez, “con las facultades que establece el estatuto.” La publicación afirma además que la entidad se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus reformas. En la parte registral del anuncio aparecen las referencias: Documento Tomo: 2026 Asiento: 646409 y la línea “Registro Nacional, 08 de septiembre de 2026.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—( IN202601125695 ).”
El aviso emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a “cualquier interesado” para que formule reparos a la inscripción en trámite. La evidencia que se muestra proviene de La Gaceta (Imprenta Nacional) y el archivo consultado está vinculado a una publicación con fecha 25/09/2026. Por tanto, la evidencia contiene dos referencias de fecha (la línea registral “08 de septiembre de 2026” dentro del texto y la fecha de la publicación en La Gaceta 25/09/2026). Debido a esa discrepancia, no es posible establecer con certeza, a partir de la evidencia proporcionada, cuál es la fecha exacta que inicia el plazo de “15 días hábiles” mencionado en el aviso. La publicación misma dice que el plazo corre “a partir de esta publicación”, pero la evidencia no permite identificar de forma inequívoca la fecha de inicio.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.