Solicitud de inscripción de marca de ganado “RM2” presentada por Didier De Jesus Rodriguez Espinoza
La solicitud fue presentada el 03 de Septiembre del 2026 y está registrada en el expediente Nº 2026-9196. El edicto comunica la existencia de esa solicitud; no contiene una resolución de aceptación o rechazo de la marca, solo informa y convoca a interesados.
El edicto cita a terceros que consideren tener derechos sobre la marca de ganado o que puedan verse afectados por su inscripción. Esos terceros pueden “hacerlos valer ante este Registro” dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
El aviso indica el uso preferente de la marca en una ubicación descrita así en el texto: “Limón, Pococí, Rita, ciento cincuenta metros oeste de escuela Portica, Agroportica.” Esa frase figura tal como se publicó y combina la indicación de la marca, el uso preferente y la ubicación. Si hay ambigüedad sobre los límites precisos de la ubicación o sobre el alcance geográfico de “uso preferente”, la evidencia no la aclara; la redacción se reproduce sin interpretación.
El edicto contiene una condición de archivo: “Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.” Según el texto, si el trámite queda paralizado por más de seis meses y esa paralización se debe al interesado, el Registro podrá ordenar el archivo del expediente. El edicto no especifica qué actos concretos constituirían tal paralización en este expediente ni indica si ya ha ocurrido.
El edicto menciona a la Registradora Karol Claudel Palma. El número interno del aviso aparece como ( IN202601126104 ). La fuente oficial de la publicación es La Gaceta, según el ejemplar que contiene este aviso.
La evidencia provista es el texto del edicto tal como se publicó. Esta explicación no añade fechas de publicación ni interpreta fragmentos ambiguos más allá de reproducirlos. No se afirma que exista resolución administrativa de inscripción; el documento notifica la solicitud y convoca a terceros dentro del plazo indicado. No se emite asesoría legal ni se infiere el resultado final del trámite.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.