Solicitud de inscripción de marca de servicios (clase 41) presentada por Josimar Marín Córdoba
La solicitud pide protección como marca de servicios en la clase internacional 41, específicamente para: gimnasio, acondicionamiento físico, entrenamiento personal y actividades deportivas. La solicitud fue presentada el 19 de agosto de 2026 y la fecha que figura en el documento es 21 de agosto de 2026.
La publicación cita que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud", lo que significa que la protección reclamada se limita a la forma exacta del signo tal como fue presentada en la solicitud. Además, se indica que esta solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece: "Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio". Esto se menciona como condición legal aplicable a la solicitud.
El edicto convoca a terceros interesados a ejercer sus derechos contra esta solicitud ante el Registro, dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este aviso en la Gaceta. Es decir, durante ese plazo quienes consideren que sus derechos se ven afectados pueden presentar oposición o acciones que correspondan ante el Registro de Marcas. El documento lleva la firma o mención del Registrador(a) Ildreth Araya Mesén y el número de trámite o referencia IN202601125672.
El texto del aviso es una solicitud de inscripción y no es un registro concedido ni una resolución que otorgue derechos definitivos. La publicación cumple la función de notificar y abrir el plazo de dos meses para posibles oposiciones, y remite a las normas citadas (art. 18 del Reglamento y art. 28 de la Ley) para las condiciones y límites de la protección pretendida. Si alguna frase del documento fuera incompleta o ambigua, el aviso no la aclara; lo que sí queda claro en la evidencia es quién solicita la marca, para qué servicios se pide la protección, las fechas de presentación y publicación, el plazo para que terceros actúen, y las referencias legales que limitan la extensión de la protección solicitada.
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