Solicitud de registro de la marca de servicios “MY SPOT” (clase 36)
La solicitud pide proteger “MY SPOT” para servicios inmobiliarios, en particular el alquiler y la puesta a disposición de oficinas y espacios de cotrabajo (co- working).
La solicitud fue presentada el 26 de agosto de 2026 y el documento registra la fecha 3 de septiembre de 2026. La publicación aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional) y el Registrador que firma el edicto es Richard Valerín Castro. La fuente oficial es La Gaceta (Imprenta Nacional), enlace indicado en el edicto.
Esto es una solicitud de inscripción en el Registro de Marcas; no es una decisión administrativa de concesión o denegatoria. Afecta a cualquier tercero que pueda tener derechos sobre signos iguales o semejantes para servicios similares: esos terceros pueden oponer recursos si consideran que su derecho es vulnerado.
Se cita a terceros interesados para que hagan valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, quienes consideren que la inscripción les perjudica deben presentar sus defensas en ese plazo.
El edicto indica una reserva expresada conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos (Ley 7978), que establece que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además, el aviso señala que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos y cita textualmente que, cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, “la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. También se exige tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978 para efectos de publicación.
El acto publicado es una solicitud y no contiene una resolución final; por tanto, no puede concluirse a partir de este edicto que la marca haya sido concedida o denegada. Si el texto oficial tiene términos técnicos como “clase 36”, la publicación los usa como categoría internacional de servicios y los vincula específicamente a servicios inmobiliarios indicados en el edicto.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.