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Publicación oficial detectada25 de septiembre de 2026Ambiente

Solicitud de registro de marca (Solicitud N° 2026-0009984) presentada ante el Registro de Marcas — publicación en La Gaceta

Se trata de una solicitud formal para inscribir una marca de fábrica y servicios que presentó Grupo Ingesa Sociedad Anónima, representada por Javier Francisco Espinoza Rivero. La solicitud fue presentada el 12 de agosto de 2026 y figura con fecha 2 de septiembre de 2026 para efectos de este edicto. Esta publicación informa qué se pide registrar, en qué clases internacionales se solicita protección, las actividades y productos que se quieren cubrir y las condiciones de la solicitud.

Domicilio declarado: Ulloa, Condominio Francosta, casa número 56, Heredia, Costa Rica. La petición fue registrada con el número interno IN202601124934 y firma del Registrador(a) Ildreth Araya Mesén.

inscribir una marca de fábrica y servicios para proteger y distinguir los siguientes bienes y servicios, clasificados según las clases internacionales indicadas:

software y aplicaciones informáticas para la recopilación, visualización y análisis de datos energéticos.

servicios de apoyo a la gestión empresarial relacionados con el análisis y control del consumo energético.

instalación, mantenimiento y reparación de equipos de medición energética y software de medición de consumo energético.

servicios de capacitación y formación relacionados con el uso de la aplicación y gestión de la energía.

software como servicio (SAAS), plataformas digitales y servicios tecnológicos para la gestión energética, análisis de datos, medición y verificación del desempeño energético.

se solicita que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978. Además la publicación cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos; en el texto citado se aclara que, cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por varios elementos, la protección no se extenderá a los elementos que sean de uso común o necesario en el comercio. Estas menciones describen límites de la protección solicitada, según la propia solicitud.

esto es una solicitud publicada en el diario oficial (La Gaceta). No es una concesión ni una resolución de registro; es el trámite de inscripción que permite a terceros presentar oposiciones. La publicación cita que “Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.” Es decir, terceros con interés pueden presentar oposiciones ante el Registro dentro de ese plazo de dos meses desde la primera vez que se publicó este aviso en La Gaceta.

la solicitud lleva fecha 2 de septiembre de 2026 y se indica que fue presentada el 12 de agosto de 2026. Para efectos de publicación se advierte la aplicación del artículo 85 de la Ley 7978. El número interno asociado en la publicación es IN202601124934.

quienes consideren que tienen derechos que pudieran verse afectados por el registro solicitado pueden presentar una oposición o el recurso que proceda ante el Registro dentro del plazo indicado de dos meses contados desde la primera publicación. El edicto no describe el procedimiento detallado para oponer ni los requisitos para hacerlo; por ello, quien quiera actuar deberá remitirse al Registro de Marcas o al texto legal aplicable para conocer trámites y formalidades.

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Respaldo oficial

Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.

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