Solicitud de inscripción de Marca de Comercio (Clase 25) presentada por Gipsi Paola Mayorga Martínez
Se publica la Solicitud N° 2026-0010463 en la Gaceta por la cual Gipsi Paola Mayorga Martínez solicita inscribir como Marca de Comercio un signo destinado a distinguir “Ropa deportiva” en la clase 25 del registro de marcas. La publicación es un edicto que comunica la presentación de la solicitud; no es una concesión ni una denegatoria, sino la convocatoria pública que inicia plazos para terceros interesados.
El signo se pide proteger en la clase internacional 25, que en esta solicitud se indica específicamente como “Ropa deportiva”. El edicto señala que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, es decir que la protección solicitada se limita a la forma gráfica o representación presentada en la solicitud.
El edicto reproduce además el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que dice: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Con base en ese texto, el documento advierte que, si la marca solicitada es una etiqueta o conjunto de elementos, no se busca proteger por sí solos los elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio.
Se cita a terceros interesados —personas o empresas que consideren que sus derechos pueden verse afectados por esta inscripción— para que hagan valer sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. La fecha que figura en el documento para efectos de publicación es 1 de septiembre de 2026; la solicitud fue presentada el 21 de agosto de 2026.
El edicto incluye la referencia interna IN202601124906 y aparece firmado por Walter Alfaro González en calidad de Registrador(a).
El edicto notifica la presentación de la solicitud y abre el plazo para terceros; no contiene una resolución final sobre la inscripción ni información sobre el examen sustantivo, la eventual concesión, requisitos cumplidos o pagos.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.