Solicitud de inscripción como Marca de Servicios N.° 2026-0009626 presentada ante el Registro de la Propiedad Industrial
La Junta Administrativa del Registro Nacional — Registro de la Propiedad Industrial publicó por tercera vez la solicitud N.° 2026-0009626, presentada para inscribir una marca de servicios. La publicación aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional) y en el edicto figura la firma de Rina Ruiz Mata como Registrador(a).
La solicitud fue presentada el 5 de agosto de 2026 y en el edicto consta la fecha 27 de agosto de 2026.
Se pide la inscripción de una Marca de Servicios en la(s) clase(s): 37. Internacional(es). En el edicto los servicios descritos para esa clase son: “Lubricación y lavado de automóviles, mantenimiento de automóviles, servicio de cambio de aceite de automóviles, reparación.”
El edicto indica una reserva de colores “De los colores: blanco, negro, rojo.” El texto también señala: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Esa frase reproduce la condición que la solicitante invoca; el edicto no añade en texto explicativo sobre cómo se aplica en la práctica, por lo que lo citado es la información documentada.
El edicto reproduce además el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Eso aparece como una referencia legal incluida en la publicación. El edicto no desarrolla ejemplos ni casos concretos de aplicación; la frase citada indica un límite normativo tal como se transcribe.
Se cita a terceros interesados a “defender sus derechos” ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El edicto no indica en el propio texto cuál fue la fecha de la primera publicación; por eso no es posible, con la sola evidencia aportada, calcular la fecha exacta de vencimiento del plazo. La publicación proporcionada corresponde a la tercera vez que se publica el edicto.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.