Proyecto 25779: Reforma constitucional para garantizar la paridad en nombramientos de magistraturas de la Corte Suprema de Justicia
El proyecto propone incorporar en la Constitución una regla que garantice la paridad de género en la integración de la Corte Suprema de Justicia, de modo que los nombramientos destinados a llenar vacantes contribuyan a equilibrar la representación entre mujeres y hombres; el proyecto está pendiente de aprobación.
El proyecto cambia el artículo 157 proponiendo que “La Corte Suprema de Justicia deberá integrarse en condiciones de paridad entre mujeres y hombres” y que, al llenar vacantes de magistrados propietarios, la Asamblea Legislativa deberá tomar en cuenta la representación existente en la Corte para garantizar la paridad.
Cuando haya una menor representación de uno de los sexos, el texto plantea que el nombramiento nuevo deberá contribuir a reducir esa diferencia y que, una vez alcanzada la paridad, los nombramientos en vacantes posteriores deberán preservarla; estas son reglas sobre la composición del órgano más que requisitos distintos de idoneidad o mérito para quienes aspiren al cargo.
La iniciativa exige paridad en las dos etapas que intervienen cuando se trata de magistraturas suplentes: la conformación de la nómina por parte de la Corte Suprema y la elección final por parte de la Asamblea Legislativa, de modo que ambas etapas observen el principio de paridad entre hombres y mujeres.
Sobre la transición, la propuesta dispone que las magistraturas propietarias y suplentes que actualmente ocupan sus cargos conservarán sus puestos hasta finalizar el período para el cual fueron electas, y que los desequilibrios existentes se corregirán de forma progresiva mediante las nuevas elecciones.
El expediente identificado como 25779 fue presentado en la Asamblea Legislativa el 2026-09-11 y publicado el 2026-09-21 (N.º Gaceta 177); entre los proponentes figuran el diputado Salvador Padilla Villanueva y varias diputadas y diputados señalados en el expediente, y el trámite inicial consignado es la presentación de la proposición en el Plenario.
La exposición de motivos del proyecto justifica la iniciativa con referencias a precedentes de la Sala Constitucional, criterios de la Procuraduría General y estándares internacionales que vinculan la igualdad sustantiva con medidas para corregir la subrepresentación; el texto indica además que la paridad propuesta debe aplicarse sin sustituir los requisitos de idoneidad, mérito, experiencia e independencia necesarios para el cargo judicial.
El proyecto está pendiente de aprobación por las instancias constitucionales correspondientes y, de aprobarse, introduciría la paridad como una regla constitucional sobre la composición de la Corte Suprema de Justicia que deberá respetarse en los procesos de conformación de nóminas y nombramientos futuros.
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