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Cambio en documento oficial24 de septiembre de 2026Regulacion

Proyecto 25725: Ley para el desarrollo del Proyecto de Ciudad Gobierno

El proyecto propone crear un marco legal especial para que el Poder Ejecutivo ejecute el “Proyecto de Ciudad Gobierno”, una solución inmobiliaria funcional destinada a concentrar en un mismo complejo un conjunto de entes y órganos de la Administración Pública. La ley, tal como la presenta el Ejecutivo, define el objeto de la norma como establecer las disposiciones especiales necesarias para ejecutar ese proyecto por parte del Poder Ejecutivo.

El proyecto plantea que la solución inmobiliaria incluya los espacios físicos para oficinas, áreas de servicio institucional a usuarios y demás espacios requeridos por los entes y órganos participantes, con criterios tecnológicos, de seguridad y otros que resulten pertinentes. Entre las finalidades que enumera la iniciativa están disminuir la dispersión física de instalaciones públicas, optimizar el uso de fondos públicos, impulsar economías de escala en operación y mantenimiento, y facilitar la interacción institucional.

En cuanto a su forma de financiamiento y ejecución, la iniciativa propone utilizar un vehículo gestor que sea un banco regional o multilateral; la evaluación técnica incluida en el expediente identifica al Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) como la alternativa que presenta “las mejores condiciones integrales” y autoriza expresamente al Ministerio de Hacienda a formalizar un contrato de arrendamiento con dicho Banco como sujeto de derecho público internacional.

Señala que permitirá "reducir los costos asociados al arrendamiento de inmuebles en al menos 26 millones de dólares anuales durante la vida útil del proyecto". El modelo descrito separa la etapa de construcción y la obligación de pago del Estado: la obligación de pago para el Estado se materializará conforme a las condiciones contractuales previstas para la etapa operativa del arrendamiento, una vez construida y habilitada la infraestructura.

La coordinación general del proyecto quedaría bajo una comisión interministerial compuesta, entre otros, por las jerarquías de los ministerios de Planificación Nacional y Política Económica; Obras Públicas y Transportes; Hacienda; y Vivienda y Asentamientos Humanos. A esa comisión le atribuye funciones como definir el listado de entes participantes, levantar necesidades institucionales, elaborar la propuesta conceptual de la solución inmobiliaria y acompañar al Ministerio de Hacienda como órgano consultivo.

Contempla que el contrato será de arrendamiento de bienes por construir; el plazo inicial del contrato de arrendamiento podrá ser de hasta 30 años y la ley admite que el derecho de uso sobre terrenos públicos, en su caso, no supere 50 años. Los contratos y el proyecto permanecerán sujetos a las potestades de fiscalización y control de la Contraloría General de la República, conforme al ordenamiento jurídico costarricense.

Por ejemplo, contiene una disposición que deroga la Ley N.º 5570 del 30 de agosto de 1974, referida a la donación de lote al Liceo de Costa Rica, y prevé mecanismos de reversión y garantías para la continuidad de servicios educativos si procede. El texto fija también requisitos de evaluación de precio y avalúo que el Ministerio de Hacienda debe consignar en el expediente cuando se contrate con el Banco.

El proyecto está pendiente de aprobación por la Asamblea Legislativa; lo que aquí se explica es la propuesta contenida en el expediente 25725 y las condiciones, obligaciones y límites que el texto propone si se aprobara.

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