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Cambio en documento oficial24 de septiembre de 2026Regulacion

Proyecto 25684: Reformas a las leyes 7779 y 2825 para adecuarlas a las competencias del Instituto de Desarrollo Rural (INDER)

El proyecto propone reformar la Ley de Uso, Manejo y Conservación de Suelos N° 7779 y la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 para adecuar estas normas a las competencias del Instituto de Desarrollo Rural (INDER). El cambio central obliga al INDER a disponer de estudios de capacidad de uso de la tierra antes de adquirir terrenos para dotarlos a proyectos de naturaleza agropecuaria, y establece que para adquisiciones destinadas a otros usos el Instituto deberá definir y aplicar los estudios técnicos que correspondan, por medio de sus unidades técnicas y conforme a su normativa interna y el ordenamiento jurídico aplicable.

El proyecto especifica que el incumplimiento de la obligación de contar con los estudios técnicos necesarios acarreará la revocatoria de la adjudicación y otras sanciones previstas; en la práctica, eso condiciona la validez de adjudicaciones, dotaciones o arrendamientos a que el uso del terreno respete la capacidad y los límites técnicos definidos para el proyecto que justificó esa entrega de tierra.

La iniciativa también adiciona un nuevo subinciso g) al artículo 68 de la Ley de Tierras y Colonización para dejar claro que el Instituto podrá revocar o extinguir adjudicaciones cuando se destine el terreno a un uso contrario a su capacidad de uso (si se trata de proyectos agropecuarios) o cuando se incumplan las limitaciones técnicas esenciales que justificaron la dotación, asignación o arrendamiento del inmueble.

El proyecto modifica el artículo 69 de la Ley de Tierras y Colonización para mantener y precisar el orden y condiciones de traspaso del contrato de adjudicación en caso de fallecimiento del parcelero o colono, con el objeto de garantizar la integridad de la parcela y autorizando el traspaso del contrato según el orden de precedencia que define la norma.

Como medida de ajuste reglamentario, el proyecto incluye un transitorio que obliga al Poder Ejecutivo a adecuar el Reglamento de la Ley N° 7779 dentro de un plazo de seis meses contado a partir de la entrada en vigencia de la eventual ley, con el fin de armonarlo con estas reformas. El expediente es el 25684, fue presentado por Osvaldo Artavia Carballo y publicado el 2026-08-12; el proyecto está pendiente de aprobación.

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