Proyecto 25473: Aprobación del Tratado Constitutivo de la Comunidad de Policías de América (AMERIPOL)
El proyecto propone aprobar el Tratado Constitutivo de la Comunidad de Policías de América (AMERIPOL), el instrumento internacional que crea formalmente ese mecanismo regional de cooperación policial destinado a prevenir, investigar y combatir la criminalidad organizada transnacional en el continente americano.
El texto indica que el Tratado establece “un mecanismo permanente de cooperación policial entre los Estados Parte, orientado a fortalecer la prevención, investigación y combate de la criminalidad organizada transnacional en el continente americano”, y plantea incorporar esas obligaciones al ordenamiento jurídico interno mediante aprobación legislativa.
Se crea la Comunidad de Policías de América como organismo de cooperación policial y se definen órganos como la Asamblea General, la Presidencia y la Secretaría Ejecutiva. Además establece la obligación de los Estados Parte de crear o designar una Unidad Nacional AMERIPOL (UNA) encargada de ejecutar las funciones del Tratado dentro de su territorio.
Suministrar a AMERIPOL asesoría, informaciones y datos necesarios; responder solicitudes de información y datos formuladas por AMERIPOL; difundir internamente a los cuerpos policiales la información proporcionada por AMERIPOL conforme a derecho interno; y velar por la legalidad y corrección de cada operación de intercambio de información con AMERIPOL.
El Tratado se sustenta, según su texto, “en los principios de cooperación internacional, respeto a la soberanía, legalidad y supremacía constitucional”, y asegura que la participación debe ejercerse “en armonía con el orden constitucional y con pleno respeto de los derechos humanos”. Asimismo, el texto deja en claro que las UNAs no están obligadas a transmitir datos que puedan afectar la seguridad nacional de su Estado Parte.
La sede de AMERIPOL quedaría en Bogotá, República de Colombia; la República de Colombia será el depositario del Tratado; y el instrumento “entrará en vigor en la fecha en que se deposite el quinto instrumento de ratificación con el Depositario”. También regula aspectos de presupuesto, indicando que los recursos vendrán, entre otras fuentes, “de las cuotas obligatorias de los Estados Parte” y de “contribuciones voluntarias, previa aprobación de la Asamblea”.
En cuanto al trámite y situación en Costa Rica, el expediente aparece con número 25473; el Poder Ejecutivo presentó el proyecto el 2026-03-27 y se publicó el 2026-04-15 (Gaceta 68). El expediente fue remitido a la Comisión de Internacionales (Área I) y figura con entrada en el orden del día y debate programado para 2026-07-16. En este momento el proyecto está pendiente de aprobación por la Asamblea Legislativa.
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