Proyecto 25458: Ley para el fortalecimiento del régimen de invalidez, vejez y muerte
El proyecto propone cambiar la distribución de un aporte patronal ligado al Banco Popular de Desarrollo Comunal para destinar recursos al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). El texto es un proyecto de ley pendiente de aprobación.
El proyecto plantea reformar el inciso a) del artículo 5 de la Ley Orgánica del Banco Popular de Desarrollo Comunal para establecer que el fondo de trabajo se forme, entre otras fuentes, por “un aporte del 1/2 % mensual sobre las remuneraciones” que pagan los patronos, incluidos los Poderes del Estado y las instituciones públicas. Según el articulado previsto, ese aporte patronal se distribuiría en partes iguales: el 50% se trasladaría a la CCSS para fortalecer el Régimen contributivo de Invalidez, Vejez y Muerte y el otro 50% se destinaría al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 7983.
La propuesta incluye además la adición de un nuevo artículo 25 a la Ley Constitutiva de la CCSS (Ley N° 17) para que los ingresos del Régimen contributivo de Invalidez, Vejez y Muerte incluyan los montos correspondientes al aporte patronal previsto en el artículo 5 de la Ley del Banco Popular de Desarrollo Comunal. En la práctica, la CCSS recibiría, como ingreso del régimen IVM, la porción acordada de ese aporte.
En cuanto a plazos y condiciones operativas, el proyecto establece que la mitad del aporte patronal se trasladará a la CCSS “luego de transcurrido un plazo de dieciocho meses desde su ingreso al banco”, es decir que la transferencia a la CCSS no sería inmediata sino con ese lapso de espera desde la fecha en que el aporte entra al Banco Popular.
El proyecto regula también su entrada en vigencia, indicando que la norma “rige el primer día del mes de enero del año siguiente a la fecha de publicación.”
El expediente identificado como 25458 fue presentado por el diputado Alejandro José Pacheco Castro, con fecha de inicio 2026-03-24 y fecha de publicación 2026-04-10 en la Gaceta Nº 65. El trámite documental del proyecto incluye recepción, asignación a comisión y envío a imprenta conforme al registro del expediente. Esta información figura en los datos oficiales del proyecto.
Queda aclarado que se trata de una iniciativa legislativa en trámite y no de una norma aprobada; su texto y efectos definitivos dependerán de la aprobación del Órgano Legislativo y de la redacción final que resulte del proceso parlamentario.
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