Proyecto 25445: RECUPERANDO AGECO
El proyecto propone modificar el inciso i) del artículo 37 de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, Ley N.º 7935, para restituir en la Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM) la representación de la Asociación Gerontológica Costarricense mediante “una persona representante y una suplente de la Asociación Gerontológica Costarricense.”
El proyecto fue presentado por el Poder Ejecutivo bajo el expediente número 25445, con inicio el 2026-03-12 y publicado el 2026-04-06 en la Gaceta N.º 61; su vencimiento cuatrienal figura como 2030-03-12. El documento se registra como un PROCEDIMIENTO PROYECTO DE LEY ORDINARIO y, por tanto, está pendiente de aprobación.
El motivo que expone la iniciativa es que la reforma previa (Ley N.º 10719) modificó la integración de la Junta Rectora sin contemplar mecanismos de transición adecuados, lo que generó que la designación inmediata de algunos integrantes se produjera “sin que los nuevos representantes estuvieran designados” y dejó al órgano en una situación institucional que dificulta su funcionamiento.
Según la exposición de motivos, esa modificación produjo la “imposibilidad en la conformación del quórum” y limitó la capacidad del órgano para sesionar en forma regular, lo que afectó la toma de decisiones sustantivas, la aprobación de lineamientos estratégicos y la supervisión de programas dirigidos a las personas adultas mayores. El documento describe la existencia de un “círculo vicioso”: no se puede sesionar por falta de representantes, y no se pueden elegir representantes hasta sesionar.
La solución concreta que propone el proyecto es enmendar lo introducido por la Ley N.º 10719 y “restitución de la conformación previamente establecida” de la Junta Rectora, con el objetivo expresado de que CONAPAM pueda “cumplir eficazmente su mandato legal, garantizar la protección de los derechos de las personas adultas mayores y fortalecer la institucionalidad pública.”
La disposición que modifica el artículo 37 indica que la reforma “rige a partir de su publicación.”
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