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Cambio en documento oficial24 de septiembre de 2026Regulacion

Proyecto 25363: autorización para emitir títulos valores en el mercado internacional

El proyecto propone autorizar al Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Hacienda, a emitir títulos valores colocados en el mercado internacional por un monto máximo de US$13.500.000.000, que se colocarán en nueve (9) tramos de US$1.500.000.000 cada uno, con emisiones anuales entre 2026 y 2034 y plazos mínimos de vencimiento de cinco años. El articulado fija el monto autorizado y el esquema de colocaciones anuales dentro del periodo indicado, y establece que las emisiones podrán efectuarse en dólares u otra moneda de uso común.

El proyecto propone usar esas emisiones, según su propio texto, para “sustituir colocaciones de deuda bonificada interna por externa y/o cancelar vencimientos de deuda”, y además autoriza al Ministerio de Hacienda a gestionar activamente esos títulos en el mercado internacional mediante operaciones de canje, consolidación, conversión, renegociación u otras formas de gestión de pasivos que resulten en un beneficio para la cartera del Gobierno. El proyecto también autoriza, como parte de esa gestión, la contratación de instrumentos derivados financieros.

Las colocaciones deberán tener plazos de vencimiento mínimos de cinco años y el rendimiento de los títulos “no podrá ser mayor al rendimiento de mercado de los bonos del Tesoro de Estados Unidos de América de un plazo similar… más 750 puntos base o en la referencia equivalente, en caso de emitirse en una moneda distinta del dólar estadounidense.” Adicionalmente, el articulado dispone que las operaciones de gestión de pasivos serán independientes y adicionales al monto de US$13.500.000.000; si por esas operaciones se aumenta el total de la deuda pública, la diferencia se reducirá del monto autorizado en el artículo 2.

Establece que el Ministerio de Hacienda deberá constituir comisiones para seleccionar y contratar bancos colocadores mediante concurso internacional (con posibilidad de invitación directa a oferentes), y que los contratos de colocación y servicios asociados no estarán sujetos a los procedimientos ordinarios de la Ley General de Contratación Pública en los términos que el propio proyecto indica. También exige que dentro de un mes posterior al cierre de cada colocación el Ministerio envíe a la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa y a la Contraloría General de la República un informe con detalles del proceso de selección, emisión y resultados, incluyendo la distribución geográfica y el impacto en el mercado doméstico.

El proyecto está pendiente de aprobación. La redacción que incluye límites de monto, plazos mínimos, tope relativo al rendimiento de mercado y obligaciones de informe describe qué se autorizó a hacer y bajo qué condiciones, pero no convierte la propuesta en ley: su entrada en vigor y ejecución dependerán de la aprobación y las acciones administrativas posteriores indicadas en el propio articulado.

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