Proyecto 23988: Reforma del artículo 7 y del inciso c) del artículo 10 de la ley n.° 8346 ley orgánica del sistema nacional de radio y televisión cultural (sinart). ley para fortalecer la independencia del sistema nacional de radio y televisión (sinart)." anteriormente reforma del artículo 7 y 10 de la ley n° 8346 ley orgánica del sistema nacional de radio y televisión cultural (sinart). ley para fortalecer la independencia del sistema nacional de radio y televisión (sinart)
¿Qué propone? Busca modificar el artículo 7 y del inciso c) del artículo 10 de la ley n.° 8346 ley orgánica del sistema nacional de radio y televisión cultural (sinart). ley para fortalecer la independencia del sistema nacional de radio y televisión (sinart)." anteriormente reforma del artículo 7 y 10 de la ley n° 8346 ley orgánica del sistema nacional de radio y televisión cultural (sinart). ley para fortalecer la independencia del sistema nacional de radio y televisión (sinart). El alcance concreto depende del articulado y puede cambiar durante la discusión legislativa.
Es una propuesta en trámite legislativo: todavía no es una ley vigente. El expediente oficial se identifica con el número 23988.
Etapa actual: En comisión. El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.
La Asamblea Legislativa lo registró el 9 de octubre de 2023 como Procedimiento proyecto de ley ordinario.
La ficha oficial identifica como proponentes a Andrés Ariel Robles Barrantes, Priscilla Vindas Salazar, Sofia Alejandra Guillén Pérez, Rocio Alfaro Molina, Johnatan Jesús Acuña Soto, Antonio José Ortega Gutiérrez.
El movimiento más reciente incluido en la ficha es «Remisión a la secretaría del directorio (comisión)» en Tecnologia y educac (área v), con fecha 2 de abril de 2025. Este dato describe el trámite registrado y no equivale a la aprobación del proyecto.
La consulta oficial permite revisar la secuencia completa del expediente 23988 y comprobar cualquier movimiento posterior.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.