Cambios
Cambio en documento oficial24 de septiembre de 2026Regulacion

Proyecto 23001: Reforma del inciso f) del artículo 3 y del inciso a) del artículo 4, y reforma de los artículos 39 y 40 de la ley 7764, código notarial, de 17 de abril de 1998. autorización para el ejercicio del notariado de personas con discapacidad visual y discapacidad auditiva. (anteriormente denominado "reforma del inciso f) del artículo 3, inciso a) del artículo 4. reforma y adición, en su caso, del artículo 39 y 40 de la ley n.° 7764, denominado código notarial. autorización para el ejercicio del notariado de personas con discapacidad visual y discapacidad auditiva")

¿Qué propone? Busca modificar el inciso f) del artículo 3 y del inciso a) del artículo 4, y reforma de los artículos 39 y 40 de la ley 7764, código notarial, de 17 de abril de 1998. autorización para el ejercicio del notariado de personas con discapacidad visual y discapacidad auditiva. (anteriormente denominado "reforma del inciso f) del artículo 3, inciso a) del artículo 4. reforma y adición, en su caso, del artículo 39 y 40 de la ley n.° 7764, denominado código notarial. autorización para el ejercicio del notariado de personas con discapacidad visual y discapacidad auditiva"). El alcance concreto depende del articulado y puede cambiar durante la discusión legislativa.

La ficha oficial lo relaciona con la ley 10754. El expediente oficial se identifica con el número 23001.

Etapa actual: Convertido en ley. La ficha lo relaciona con la ley 10754.

La Asamblea Legislativa lo registró el 7 de abril de 2022 como Procedimiento proyecto de ley ordinario.

La ficha oficial identifica como proponente a Shirley Díaz Mejías.

El movimiento más reciente incluido en la ficha es «4» en 1. Este dato describe el trámite registrado y no equivale a la aprobación del proyecto.

La consulta oficial permite revisar la secuencia completa del expediente 23001 y comprobar cualquier movimiento posterior.

Proyectos de leyRegulacion
Respaldo oficial

Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.

Fuente oficial