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Publicación oficial detectada24 de septiembre de 2026Regulacion

Constancia de protocolización de acuerdos para modificar el artículo Décimo Octavo de los estatutos de la “ASOCIACION PARA CADA HOGAR”

Se hace constar que, mediante escritura número 148 otorgada a las 14:00 horas del 16 de julio del dos mil veintiséis ante el Notario Público Felipe Esquivel Delgado, se protocolizaron acuerdos de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de la “ASOCIACION PARA CADA HOGAR” cédula jurídica número tres-cero cero dos-ciento cuarenta mil setecientos ochenta y nueve. En esa escritura se acuerda modificar el artículo Décimo Octavo de los estatutos de la Asociación.

El aviso en La Gaceta está fechado en San José el 29 de julio del año 2026 y contiene la referencia del trámite: IN202601122591. El documento oficial publicado indica el número de escritura (148), la hora y la fecha de su otorgamiento (16 de julio del 2026, 14:00 horas) y el Notario que lo protocolizó (Felipe Esquivel Delgado). También se registra la cédula jurídica completa de la asociación mencionada.

La constancia no incluye el texto del nuevo artículo Décimo Octavo ni describe el contenido concreto de la modificación. Por lo tanto, a partir de esta evidencia no puede saberse qué cambios específicos introduce la reforma estatutaria, ni qué derechos, obligaciones, condiciones, límites o efectos produce sobre la Asociación, sus miembros o terceros. La publicación en La Gaceta sirve como registro de que la protocolización ocurrió, pero no sustituye el texto modificado, que no está presente en la evidencia suministrada.

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