Modificación de la cláusula de domicilio de VELASQUEZ QUESADA LIMITADA para añadir correo electrónico de notificaciones
La escritura número Sesenta y cuatro, del tomo cinco, otorgada ante la Notaria Pública EVELYN MARIA FERRETO ARAYA, a las Diez horas y diez minutos del día veintinueve de mayo del año dos mil veintiséis, modifica la cláusula de domicilio de la sociedad denominada VELASQUEZ QUESADA LIMITADA, Cédula Jurídica número: TRES- CIENTO DOS – SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TREINTA, cuyo domicilio aparece en Alajuela, Cantón diez San Carlos, Diagonal A La Escuela Juan Bautista Solís En Barrio San Roque. La reforma consiste en agregar en la cláusula de domicilio un correo electrónico para recibir notificaciones: el texto que consta en la escritura es ferreteriavelque@gmail. com. El documento indica que esta modificación se realiza “para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.”
“Es todo. Bajo Rodríguez, San Ramón, Alajuela, a las quince horas y once minutos del día veinticinco de agosto de dos mil veintiséis. Licda. Evelyn María Ferreto Araya, Notaria.” Eso muestra que además del otorgamiento de la escritura el 29/05/2026, el documento registra una actuación fechada el 25/08/2026 a las 15:11.
La forma exacta del correo que aparece en la escritura incluye un espacio entre “gmail.” y “com” (ferreteriavelque@gmail. com). No es posible concluir, con la sola transcripción del documento, si ese espacio es intencional o si se trata de un error tipográfico en la publicación. Por lo tanto, no puedo afirmar que la dirección válida sea sin el espacio; la evidencia solo contiene la cadena tal como se presenta.
la cláusula de domicilio de su documentación societaria queda ampliada para incluir el correo electrónico indicado como medio para recibir notificaciones. El alcance práctico (por ejemplo, desde qué fecha las notificaciones por ese correo son válidas o cómo se administra técnicamente la recepción de notificaciones) no está detallado en el texto disponible.
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