Acta de asamblea de INVERSIONES ZAPALLAR EKG, S. A.: reforma de la cláusula de domicilio e inscripción de correo para notificaciones
Por escritura número 178, otorgada en la ciudad de San José, a las 13:00 horas del 30 de julio del 2026, se protocolizó un acta de la asamblea de socios de la sociedad INVERSIONES ZAPALLAR EKG, S. A. En esa acta constan dos decisiones registradas: primero, se acordó reformar la cláusula del pacto social que se refiere al domicilio de la sociedad; segundo, se inscribió el correo electrónico avisos@lexcounsel.com “para recibir notificaciones administrativas y judiciales”. El documento fue protocolizado por el Notario Lic. Jorge Guzmán Calzada y la inscripción aparece con la referencia ( IN202601122272 ). Esta información fue publicada en La Gaceta (ver evidencia oficial).
La evidencia indica únicamente que la asamblea aprobó la reforma de la cláusula relativa al domicilio y que se inscribió el correo avisos@lexcounsel.com con el propósito de recibir notificaciones administrativas y judiciales. El texto disponible no reproduce el nuevo texto de la cláusula de domicilio ni aclara desde qué fecha exacta rigen los efectos de la reforma, si sustituye otras direcciones o domicilios previos, o si existen condiciones adicionales para que la inscripción del correo produzca efectos procesales o administrativos. Por lo tanto, no es posible afirmar, solo a partir de la evidencia, cómo cambian de hecho las obligaciones de la sociedad frente a terceros ni cuándo comienzan a surtir efectos jurídicos esas decisiones más allá de la protocolización indicada.
La protocolización se registró el 30 de julio del 2026 a las 13:00 horas en la ciudad de San José, según la escritura número 178. El acta y su inscripción se identifican con la referencia ( IN202601122272 ). El Notario que protocolizó el acto es el Lic. Jorge Guzmán Calzada. La publicación de este registro consta en La Gaceta, en el aviso correspondiente.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.