Solicitud para incorporar un correo electrónico al domicilio social de la sociedad “LOS ALMENDROS CR CASA UNO LIMITADA”
El aviso publicado en La Gaceta registra que, ante una notaría y mediante la escritura número 202 (visible al folio 114 vuelto, del tomo 4), se presentó una solicitud para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad “LOS ALMENDROS CR CASA UNO LIMITADA”.
El documento indica que la solicitud fue presentada “por parte de ELIZABETH MAGDALEN (nombres) WILSON (apellido) de ‘LOS ALMENDROS CR CASA UNO LIMITADA’”. La persona jurídica aparece identificada con la cédula transcrita en palabras como “tres - ciento dos – ochocientos cincuenta y ocho mil seiscientos treinta y cuatro”; el aviso no presenta esa cédula en la forma numérica convencional.
El aviso consignó la escritura con la indicación “a las 14:30 am, del 5 de Mayo del 2026”. Esa expresión mezcla formato de 24 horas con el sufijo “am” y resulta incongruente; el texto no permite concluir con seguridad la hora exacta del acto notarial. Además el aviso registra otro dato de lugar y hora: “Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, a las diez horas con quince minutos del día 23 de Julio del 2026.”
El aviso menciona que la solicitud se hizo “conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete”, pero no describe el correo electrónico que se pretende incorporar, ni los pasos posteriores, plazos procesales, requisitos adicionales ni una resolución sobre la petición. Donde el texto es ambiguo (por ejemplo la hora “14:30 am”) o incompleto (por ejemplo el correo electrónico y los roles de las personas), esta explicación lo señala y no infiere información adicional.
La persona que figura como notaria en el aviso es la Lic. Massiel Sánchez Gómez. El aviso incluye la referencia interna “( IN202601121991 )”. La fuente oficial de este registro es La Gaceta, publicada por la Imprenta Nacional; el PDF original está disponible en la dirección electrónica indicada en el aviso.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.