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Publicación oficial detectada24 de septiembre de 2026Municipalidades

Protocolo de disolución de la sociedad 3-102-938990 Sociedad de Responsabilidad Limitada

Se protocolizó ante notaría el acta de la asamblea general de socios de la sociedad 3-102-938990 Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual la totalidad de los socios acuerdan disolver la sociedad. El asiento notarial se hizo en la escritura número noventa y siete, folio cuarenta y nueve, tomo dos. La protocolización ocurrió “a las ocho, del ocho de agosto del dos mil veintiséis” y el documento está fechado en San José “nueve horas del nueve del mes de agosto del año dos mil veintiséis”. El notario que protocolizó el acta fue el Lic. Giovanni Manuel Campos Madrigal. El texto indica que los socios decidieron prescindir del nombramiento de liquidador, conforme lo permite el acta constitutiva de la sociedad, porque “no existen activos ni pasivos que liquidar”. El domicilio social consignado es provincia de San José, cantón de Santa Ana, distrito Santa Ana, del costado oeste de Maxi Palí, Edificio Godínez, Oficina número tres. La cédula jurídica de la sociedad consignada en el documento es tres-ciento dos-novecientos treinta y ocho mil novecientos noventa. El acta establece la decisión de disolver y la renuncia a la liquidación por falta de bienes y deudas; no proporciona en el texto los nombres de los socios, datos sobre capital social, ni instrucciones posteriores sobre trámites administrativos adicionales. Con la evidencia disponible no puede afirmarse ni negarse si se realizaron otros registros o notificaciones posteriores a este asiento notarial ni si hay efectos administrativos frente a registros públicos distintos a la protocolización aquí descrita.

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