Modificación de la cláusula octava del pacto social de NICHIBOTSU LTDA.
El asiento registra la fecha y la hora, la ciudad (San José) y la persona que aparece en el texto (Lic. Yolanda Araya Jara). Por tanto, con el documento publicado no puede saberse qué cambió exactamente, cómo varían derechos u obligaciones de los socios, ni si la modificación ya produjo efectos registrales, administrativos o frente a terceros.\n\nCondiciones, límites y vigencia: La publicación indica el acto formal (escritura pública protocolizada ante notaría) y la hora y fecha concretas (15:00 horas del 29 de julio del 2026) y el lugar (San José). No se consignan en la evidencia plazos, condiciones adicionales, firmas distintas a la mención de la Lic. Yolanda Araya Jara, ni la redacción que sustituye la cláusula octava. Si la redacción, efectos o vigencia dependen de otros trámites (por ejemplo inscripciones en registros públicos), esa información no aparece en el aviso y por lo tanto no puede confirmarse aquí.\n\nLimitaciones de la evidencia y precisión requerida: El documento publicado es un aviso que certifica la existencia de la escritura y la modificación acordada, pero no reproduce la nueva cláusula ni detalla sus efectos. La evidencia es incompleta para determinar consecuencias concretas.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.