Reforma de la cláusula de Domicilio del Pacto Constitutivo de CONSTRUCTORA E.G. CORDERO SOCIEDAD ANÓNIMA: inclusión de cuenta de correo electrónico
La sociedad CONSTRUCTORA E.G. CORDERO SOCIEDAD ANÓNIMA realizó una reforma formal a la cláusula del Domicilio en su Pacto Constitutivo. La modificación consta en la escritura número ciento diez otorgada ante la Notaria Pública Mitzi Sofía Hernández Gómez a las quince horas del veinticuatro de agosto de dos mil veintiséis. En esa escritura se incluye una cuenta de correo electrónico dentro de los datos de la sociedad.
La sociedad se identifica en el documento con la cédula jurídica TRES– CIENTO UNO– QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS QUINCE y con domicilio social en Heredia, San Francisco de Heredia, Residencial Los Cafetos, casa G tres. El texto señala que la reforma se realiza “en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.”
la escritura fue otorgada “a las quince horas del veinticuatro de agosto de dos mil veintiséis” y adicionalmente el documento registra “Limón, Guácimo, a las quince horas cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintiséis.” El extracto provisto no contiene la dirección de correo electrónico añadida ni otros cambios de texto del Pacto Constitutivo; solo indica que se incluye “cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad”.
Lo que decide el documento es, por tanto, la reforma de la cláusula del Domicilio del Pacto Constitutivo de la sociedad para incorporar una cuenta de correo electrónico entre sus datos registrales, realizada mediante la escritura pública citada y en cumplimiento de la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.
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