Registro de correo electrónico para notificaciones de NATROCAM DE CORONADO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
En una notaría, la señora NATALIA CASTRO CAMPOS compareció para indicar un correo electrónico que debe incorporarse y quedar registrado para recibir notificaciones de la sociedad NATROCAM DE CORONADO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. El notario que asentó la comparecencia fue el Lic. David Montero Camacho.
A la sociedad identificada en el aviso como NATROCAM DE CORONADO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuya cédula jurídica aparece en el texto exactamente como “tres - ciento dos - setecientos setenta mil trescientos setenta y dos”. El aviso usa la expresión “las sociedades indicadas” pero en el cuerpo del texto solo figura la sociedad citada arriba.
El correo electrónico que deberá incorporarse y quedar registrado para efectos de notificaciones de la(s) sociedad(es) indicadas es: ybravo@hesa.co.cr. El documento expresa que ese correo “deberá incorporarse y quedar registrado para efectos de notificaciones”.
El texto notarial no explica quién administrará o gestionará ese correo, cómo se verificará que las notificaciones lleguen o se recibieron, ni si la designación del correo implica un cambio de domicilio legal para la sociedad o si reemplaza otros medios de notificación. Por tanto, con la evidencia disponible no puede afirmarse nada sobre esos aspectos; la publicación solo muestra la comparecencia y el correo que se solicita registrar.
El acto consta en la notaría con la firma del Lic. David Montero Camacho y aparece publicado en La Gaceta. El aviso incluye el número de expediente o referencia entre paréntesis: ( IN202601121548 ). La publicación original figura en la dirección oficial de La Gaceta según la evidencia proporcionada.
El aviso está redactado en forma breve y registral: consignó la persona que compareció, la sociedad identificada, la cédula jurídica en el formato textual que se muestra y el correo a registrar. No agrega instrucciones sobre el uso práctico del correo ni más sociedades además de la mencionada, pese a la redacción que habla de “las sociedades indicadas”.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.