Decreto Ejecutivo Nº 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Nandayure, comunica que la sociedad Consultores ALFA S. A., con, con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 02 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela que mide 89,44 metros cuadrados, para darle un uso de Zona Residencial Turística. Se concede a los interesados un plazo máximo de Treinta Días Hábiles contados a partir de ésta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad ante la oficina del Alcalde Municipal, con copia al departamento de la Zona Marítimo Terrestre.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.