Solicitud de inscripción de marca de fábrica y servicios (Solicitud N° 2026-0010861)
La Gaceta publicó una solicitud de inscripción de marca de fábrica y servicios identificada como Solicitud N° 2026-0010861. La solicitud fue presentada el 28 de agosto de 2026 y tiene fecha registrada el 2 de septiembre de 2026.
La solicitud la presenta Evelyn Flauzin Mesén, en calidad de Apoderado Especial de Juan Gabriel Rodríguez Agüero. El texto reproduce las cédulas de identidad de ambos (109690398 para la apoderada y 114270562 para el representado) y el domicilio del representado: San José, Escazú, San Rafael, Condominio Escazú Urbano, casa número sesenta y nueve.
Se solicita la inscripción de un signo como Marca de Fábrica y Servicios en las clases internacionales 20 y 40. En la clase 20 se piden derechos sobre una lista de productos que incluye: Muebles; muebles de madera; muebles para el hogar; muebles de oficina; muebles de exterior; mesas; mesas de centro; mesas de noche; sillas asientos; sillones; taburetes; bancos muebles; sofás; camas; cabeceras de cama; armarios; aparadores; cómodas; escritorios; estanterías; estantes para libros; espejos; marcos. En la clase 40 se piden derechos sobre servicios textuales tales como: Fabricación de muebles por encargo de terceros; fabricación de mobiliario a la medida según las especificaciones del cliente; servicios de ebanistería; servicios de carpintería; tratamiento y elaboración de la madera; aserrado de la madera; tallado de la madera; acabado de superficies de madera; lacado y barnizado de muebles; tratamiento de metales; servicios de montaje y ensamblaje de materiales por encargo de terceros.
La solicitud expresa “No se hacen reservas de color”. Además, señala que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, lo que indica que la protección solicitada se refiere a la forma presentada en la solicitud. La publicación también menciona el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa cita forma parte del texto publicado y describe un límite legal aplicable a ciertos signos compuestos.
El edicto cita a terceros interesados para que, si lo desean, “hagan valer sus derechos ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto”. Es decir, existe un plazo de oposición de dos meses desde la primera publicación del aviso, según consta en la publicación.
En el texto reproducido en esta evidencia aparecen las descripciones y las citas legales transcritas arriba. En esa transcripción no se incluye una representación gráfica del signo sometido a registro; la evidencia proporciona la lista de productos y servicios y las declaraciones textuales antes mencionadas. No se aporta en este fragmento información sobre decisiones previas, antecedentes registrales o sobre la concesión o rechazo del registro. Si existen otros detalles (por ejemplo, la imagen exacta del signo o antecedentes del expediente) no figuran en el texto que sirve de base para esta explicación y, por tanto, no se describen aquí.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.