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Publicación oficial detectada24 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de registro de la marca de servicios “EL POLÍGRAFO” (clases 38 y 41)

Esta es una solicitud de inscripción de marca. El documento es una solicitud publicada en La Gaceta y no es una resolución de concesión; la evidencia disponible registra la petición y las condiciones que el solicitante declara.

En la clase 38 se solicita protección para servicios relacionados con telecomunicaciones y difusión de contenido audiovisual y sonoro, incluyendo entre otros: servicios de telecomunicaciones; difusión, transmisión y retransmisión de programas de televisión y radio; transmisión de contenidos audiovisuales y de audio por Internet y redes; transmisión digital de audio, vídeo, imágenes y datos; streaming; transmisión de vídeo a la carta; transmisión de pódcast; suministro de acceso a contenidos y a redes informáticas; servicios de videoconferencia y teleconferencia; suministro de foros y salas de chat en Internet; y servicios de agencias de noticias. En la clase 41 se solicita protección para servicios de entretenimiento y producción de contenidos audiovisuales y editoriales, incluyendo entre otros: producción y realización de programas de radio y televisión; producción de pódcasts, películas (que no sean publicitarias), vídeos y grabaciones de audio y vídeo; estudios de grabación y cine; montaje, edición y postproducción de contenidos audiovisuales; redacción de guiones y textos no publicitarios; servicios periodísticos y reporteros; suministro en línea de vídeos e imágenes no descargables y publicaciones electrónicas no descargables; programación y presentación de programas; producción y presentación de espectáculos en vivo; organización y dirección de conferencias, seminarios y foros; y servicios de subtitulado.

El solicitante reserva los colores rojo, blanco y negro para los logotipos que diseñen sobre la marca. Según el propio texto, “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” El documento también cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que indica: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esto limita la extensión de la protección cuando corresponda conforme a esa norma.

La solicitud aparece con fecha 2 de septiembre de 2026 y fue presentada el 14 de agosto de 2026. El edicto cita que se publica para que terceros interesados puedan defender sus derechos dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto.

Se cita a terceros interesados a hacer valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses desde la primera publicación del edicto.

La evidencia es la publicación del aviso de solicitud. Donde el documento cita artículos legales, los reproduzco tal como aparecen; no se interpreta su aplicación práctica más allá de lo que el texto afirma explícitamente.

La GacetaRegulacion
Respaldo oficial

Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.

Fuente oficial