Solicitud de registro de la marca CROPLINX (clases 9 y 42) — Solicitud N° 2026-0009760
La solicitud fue presentada el 7 de agosto de 2026 y la fecha señalada en el documento es 11 de agosto de 2026. La referencia del trámite en el Registro aparece como Solicitud N° 2026-0009760 y el expediente interno indicado es IN202601124162.
En la clase 9, la solicitud describe un conjunto amplio de productos y aparatos, entre ellos: aparatos e instrumentos científicos, de investigación, navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales y ópticos; equipos de pesaje, medición, señalización, detección, pruebas, inspección, salvamento y enseñanza; aparatos para conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de electricidad; aparatos de grabación, transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; archivos multimedia grabados o descargables; software; soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; cajas registradoras; dispositivos de cálculo; ordenadores y periféricos; trajes y equipos de buceo (máscaras, tapones, pinzas nasales, guantes y aparatos de respiración para la natación subacuática); y extintores. En la clase 42, la solicitud incluye servicios científicos y tecnológicos y servicios de investigación y diseño conexos; servicios de análisis industrial, investigación industrial y diseño industrial; control de calidad y servicios de autenticación; diseño y desarrollo de hardware y software; y “Muestreo de suelos para analis” (texto literal del documento).
La solicitud incorpora una reserva en los términos del artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, que indica que el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Además, el aviso cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (texto citado en el propio documento): cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio. Es decir, la solicitud pretende la protección del signo en la forma registrada, y reconoce la limitación legal respecto de elementos de uso común o necesario, según lo dispuesto en el artículo citado.
El edicto cita a “terceros interesados en defender sus derechos” para que los ejerzan ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación del edicto. También se ordena tener en cuenta, a efectos de publicación, lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Afecta a Katana Agrociencias Costa Rica S.R.L. como solicitante y a cualquier tercero que considere que la solicitud les afecta (por ejemplo, titulares de marcas previas o interesados con derechos sobre alguno de los elementos) y que desee oponerse o presentar reclamaciones ante el Registro dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación del edicto.
El documento contiene la expresión “en calidad de tipo representante desconocido” respecto a la solicitante, tal como aparece en la evidencia. En la lista de servicios de la clase 42 figura literalmente “Muestreo de suelos para analis”, que parece incompleta o contiene una errata; el texto aquí reproducido es el que consta en la publicación y, por tanto, no se corrige ni se interpreta. El aviso no declara que la marca haya sido registrada ni detalla resoluciones posteriores del Registro: es la publicación de una solicitud y la apertura del plazo para terceros.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.