Declaratoria de interés público por afectación de derecho comercial del Taller Mecánico Cano (Proyecto San José–San Ramón)
El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) declaró de interés público la afectación del derecho comercial correspondiente al Taller Mecánico Cano, que opera en el inmueble inscrito bajo el folio real N°2-195507-000 (terreno inculto de 31 metros cuadrados) ubicado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela. La resolución es la RES-MOPT-DM-DVI-0031-2026, firmada por delegación por el Viceministro de Infraestructura y rige desde su publicación en La Gaceta.
El MOPT reconoce que existe un derecho comercial indemnizable por la actividad de taller de mecánica automotriz (mantenimiento, revisión y reparación de vehículos) que se realiza en ese espacio y que su afectación es consecuencia directa, inmediata e inevitable de la ejecución del “Proyecto San José San Ramón”.
El Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del MOPT emitió el Informe/avalúo administrativo N° 2025-080 del 29 de setiembre del 2025, que fijó el valor del derecho comercial en ₡1.451.584,00. El avalúo fue notificado personalmente al propietario del taller el 14 de octubre del 2025. El señor Chaves Campos expresó su disconformidad por correo electrónico el 22 de octubre del 2025.
La finca ya había sido declarada de interés público en la Resolución N° 2022-001645 del 29 de noviembre de 2022 (publicada en La Gaceta), dentro del proceso expropiatorio inicial; sin embargo, la Procuraduría General advirtió que esa declaratoria venció el 17 de enero de 2024 y que, para promover la vía judicial para determinar el justiprecio del derecho comercial, el expediente debe incorporar una declaratoria de interés público expresamente referida al derecho comercial indemnizable y motivada conforme al artículo 18 de la Ley de Expropiaciones. En atención a la negativa del interesado respecto al monto indemnizatorio, el MOPT ya había dispuesto (Acuerdo N°046-MOPT) comisionar a la Procuraduría para que interponga el proceso especial de justiprecio ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.
1) Se declara de interés público la afectación del derecho comercial del taller de mecánica automotriz ubicado en el folio real N°2-195507-000 y se señala que dicho derecho debe ser indemnizado según el avalúo administrativo N° 2025-080 del 29 de setiembre del 2025. 2) Se ordena gestionar la actualización del expediente administrativo respecto del mandamiento de anotación de la finca a expropiar y efectuar la publicación de esta nueva declaratoria de interés público sobre el derecho comercial. 3) Se dispone que esta declaratoria constituye fundamento suficiente para la indemnización de cualquier otra afectación económica directamente vinculada a la actividad del taller que se determine en el curso del procedimiento dentro del expediente COM 2025-13. 4) La resolución rige a partir de su publicación.
La Procuraduría señaló como requisito que la declaratoria debe expresar cuáles rubros o elementos son de trascendencia y por qué constituyen interés público; en esta resolución el MOPT declara la afectación comercial y enumera elementos que justifican su reconocimiento (naturaleza productiva, inversión previa, certeza para valoración y nexo causal), pero el documento original incluye la advertencia previa sobre la necesidad de una declaratoria específica.
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