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Publicación oficial detectada23 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud notarial para incorporar un correo electrónico al domicilio social de VILLA ARFRE SOCIEDAD ANONIMA

Ante una notaría se presentó una solicitud para incorporar un correo electrónico al domicilio social de la empresa VILLA ARFRE SOCIEDAD ANONIMA, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. La solicitud fue formalizada mediante escritura treinta y siete y se ordenó su publicación una vez en La Gaceta.

La escritura es visible al folio treinta y cuatro, frente, del tomo treinta y uno. El acto notarial quedó fechado a las once horas del día veintiuno del mes de mayo del año dos mil veintiséis. El registro o certificación en San Ramón se hizo a las doce horas del veintiocho de julio del dos mil veintiséis. La comunicación literal aparece firmada por LIC. LUIS ALBERTO MUÑOZ MONTERO, ABOGADO Y NOTARIO PÚBLICO, con carne 6057.

Afecta directamente a VILLA ARFRE SOCIEDAD ANONIMA y a su representante legal, que es quien presentó la solicitud ante notario. Para terceros, el aviso informa que la sociedad solicitó formalmente la incorporación de un correo electrónico en su domicilio social conforme a la ley citada.

La evidencia registra la presentación de la solicitud y la tramitación notarial (escritura, folio, tomo y fechas). El aviso establece únicamente que "Publíquese una vez."

Por tanto, no puede afirmarse a partir de esta evidencia que la incorporación esté inscrita en registros públicos distintos a la propia escritura notarial, ni qué efectos legales concretos derivan de la solicitud más allá de lo que aquí se comunica.

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