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Publicación oficial detectada23 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud notarial para incluir un correo electrónico de notificaciones de la sociedad TRES – CIENTO UNO – OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS S.A.

Por escritura número diez-diecinueve, otorgada ante el Notario Esteban Gil Girón Carvajal, a las nueve horas del veintiocho de julio del dos mil veintiséis, la sociedad denominada TRES – CIENTO UNO – OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS S.A., cédula jurídica número tres – ciento uno – ochocientos sesenta y nueve mil setecientos sesenta y dos, solicita la inclusión del correo electrónico pablo.guzman.salas@gmail.com para notificaciones de la sociedad. El escrito afirma que esto se realiza “cumpliéndose con lo estipulado por ley 10597”. El domicilio declarado de la sociedad es San José. La publicación en La Gaceta aparece con la referencia ( IN202601121139 ) y lleva la fecha San José, treinta de julio del dos mil veintiséis.

la publicación formaliza y da a conocer una solicitud notarial concreta: la sociedad pide que el correo pablo.guzman.salas@gmail.com sea incluido como medio para recibir notificaciones. El documento público citado identifica la escritura, la fecha y hora del otorgamiento notarial, la persona del notario y la cédula jurídica de la sociedad.

puede constatarse la existencia de la escritura notarial y de la solicitud pública de inclusión del correo, con las fechas, hora, notario y cédula jurídica que aparecen en el texto. No puede afirmarse, a partir solo de este aviso, que otras personas, instituciones o autoridades ya usen o reconozcan ese correo como medio oficial de notificación, ni que no haga falta ningún trámite adicional.

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