Protocolización del Acta Nº Cinco que modifica la cláusula sexta de EL LLANITO OCHO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Mediante escritura número SESENTA - NUEVE, otorgada ante el Notario Público Lic. Luis Jeancarlo Angulo Bonilla, a las nueve horas del día veintisiete de julio de dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta Número Cinco de la sociedad EL LLANITO OCHO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- novecientos seis mil setecientos sesenta y cuatro. En ese acta se acuerda la modificación de la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad.
El acto notarial quedó protocolizado el veintisiete de julio de dos mil veintiséis, a las nueve horas, en Guanacaste, Tamarindo. El instrumento público que formaliza la protocolización es la escritura número SESENTA - NUEVE firmada por el Notario Público Lic. Luis Jeancarlo Angulo Bonilla, Carné 24020. La referencia interna del aviso publicada es ( IN202601121064 ).
Por tanto, no puede detallarse qué cambia la cláusula sexta ni cuándo comienzan a aplicarse esos cambios más allá de la protocolización en la fecha indicada.
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