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Publicación oficial detectada23 de septiembre de 2026Regulacion

Protocolización de reforma de cláusulas segunda y séptima de Carlos Ulloa Sociedad Anónima

Ante una notaría se protocolizó el acta de la Asamblea Extraordinaria de Socios de la sociedad llamada Carlos Ulloa Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.

El acta quedó protocolizada mediante escritura número veintinueve, visible al folio treinta y cinco vuelto, del tomo tres. La protocolización se realizó a las ocho horas del veinticuatro de julio de dos mil veintiséis. El extracto publicado registra también la fecha y hora de la nota en Cartago, a las diecisiete horas y cuarenta y ocho minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiséis. En el texto aparece el nombre del notario: Lic. Jairo Jiménez Sandoval.

La sociedad se identifica con la denominación Carlos Ulloa Sociedad Anónima y con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y siete mil ochocientos veintitrés, tal como consta en el extracto.

El documento publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) registra que hubo un acuerdo para reformar las cláusulas segunda y sétima y muestra los datos registrales y de protocolización arriba citados. El extracto no contiene la redacción exacta de las cláusulas reformadas ni detalla condiciones, límites, plazos, montos, obligaciones, efectos jurídicos concretos de la reforma ni si quedaron trámites pendientes. Por tanto, no es posible, con la evidencia suministrada, describir el contenido de las reformas, si ya producen efectos frente a terceros o si se requieren pasos adicionales para su plena eficacia.

El extracto incluye el nombre del notario pero no afirma textualmente que el notario haya firmado; el texto reproducido muestra “—Lic. Jairo Jiménez Sandoval.—” y no aporta una firma escaneada ni una frase que diga “firmado por”.

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