Solicitud de inclusión de correo electrónico como medio de notificación y reforma de la cláusula sobre domicilio de BELLA LOCURA LTDA.
El documento es un aviso notarial que comunica al Registro de Personas Jurídicas que, mediante escritura pública número ochenta y cuatro – uno otorgada a las dieciséis horas con cuarenta y cinco minutos del seis de julio de dos mil veintiséis, se solicitó la inclusión del correo electrónico como medio de notificación para la sociedad BELLA LOCURA LTDA. Además, esa misma escritura reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad en lo referente al “Domicilio de la sociedad”. La comunicación está firmada en San Ramón, Alajuela, el 23 de julio de 2026 por el Notario Público Lic. David Guido Alvarado. El aviso fue publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional).
A la sociedad identificada como “BELLA LOCURA LTDA.”, con cédula jurídica número tres – ciento dos – setecientos treinta y siete mil quinientos ochenta y cuatro. El aviso es una petición al Registro de Personas Jurídicas para que registre el correo electrónico como medio de notificación y para que se incorpore la reforma de la cláusula segunda sobre domicilio en el pacto constitutivo.
El texto informa la solicitud de inclusión del correo electrónico como medio de notificación y la reforma de la cláusula sobre domicilio.
La única fecha y hora consignadas de la escritura son las del otorgamiento: seis de julio de dos mil veintiséis, a las dieciséis horas con cuarenta y cinco minutos. La fecha de firma del aviso notarial es 23 de julio de 2026.
Este aviso informa una gestión formal realizada por la sociedad ante el Registro de Personas Jurídicas: pide que se agregue un correo electrónico para notificaciones y modifica la cláusula del pacto constitutivo que trata del domicilio social. Sin el texto de la escritura o la decisión del Registro no puede saberse cuál es el correo ni cuál es el domicilio nuevo ni desde cuándo producen efecto esos cambios. La fuente oficial de esta información es La Gaceta, publicada por la Imprenta Nacional, según consta en el aviso.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.